Es legal que en un concurso-oposición para auxiliar administrativo del Servicio Cántabro de Salud sólo sume como mérito profesional el trabajo realizado como aux. adm. en el área sanitaria? ¿No sirve el realizado en otra área (banca, servicios sociales, etc)? Si ya se ha hecho la oposición ya es tarde para impugnar lo referido a las bases de los méritos puesto que si por la oposición dan 60 puntos, por el concurso de méritos dan 40 puntos, mucho más que lo establecido en el Estatuto Trabajadores Sanitarios Instit. cántabria.
Gracias