Impugné el informe concursal de la quiebra de la aseguradora Centro Asegurador firmado por el abogado de la quiebra (ahora se llama concurso de acreedores) y ese mismo abogado defendió a la Administración Concursal de la que forma parte.
Perdí el pleito y me opuse a la cuenta del abogado adverso por varios motivos. Entre ellos que la sentencia está recurrida: no es firme.
A la vista asistirá el propio abogado y administrador del concurso que, no es un secreto, es el letrado Don Gonzalo Clemente Pita y, en virtud de la Ley Concursal, no necesita procurador para ningún juicio: ¿Es obligatorio que yo asista a la vista con abogado y procurador o puedo ir solo yo mismo como condenado en costas?