Gracias Basti, lo de mal contado se refiere a que una factura es negativa y en vez de restar la suman. otra cosa hay dos facturas que no se aportan que son las de mayor cantidad( que casualidad) de las que solo se aporta recibo de la facturación del mes tal, se debería aportar la factura no es cierto?
Si las facturas no se ven, puede ser que no se hayan fotocopiado bien; acércate al Juzgado y compruébalo personalmente. Las deudas del 93 en adelante, no creo que estén prescritas, pues las reclamaciones de cantidad prescriben a los 15 años. Lo de "mal contado", no sé que quieres decir, si el importe de la reclamación no está bien contado o sumado; o si la demanda de monitorio no está bien redactada, no sé. A propósito, alguien podría insertar un modelo de escrito de oposición a una demanda de monitorio? Gracias
Hola tenemos que oponenos a un monitorio: hay varias cosas en el traslado del juicio monitorio hay dos facuras que no se ven además está mal contado, otra cosa la deuda es del año 1993, 94 y 95 y desde el año 2002 no se reclamó nada estaría prescrita?