Buenos dias
La comunidad de vecinos me puso un monitorio reclamando deuda. En el plazo de 5 días interpuse recurso de reposicion por defectos de forma, no por la cantidad reclamada, que es menos de 6.000 euros. El Secretario judicial admite el recurso de reposición pero dice que en realidad es de oposición y resuelve dar por terminado el monitorio y seguir la tramitación prevista. Entiendo que, aunque estoy en plazo (tenía 20 días), ya no tengo que interponer la oposición ¿es correcto?
Además puedo interponer en 5 dias un recurso de revisión (con depósito de 25 euros) contra esta resolución del Secretario igualando reposición con oposición y dando por finalizado el monitorio. ¿Valdría para algo interponer este recurso de revisión?
Gracias