El problema es que el decreto de admision fue el que no encontramos, sin echar culpas a nadie, pasó y listo. Pero haré lo que me dices escrito al juzgado diciendo pidiendo nulidad por los tres casos:
Belba, entonces claramente está fuera de plazo. Recurre el decreto de admisión.
En cuanto al emplazamiento por medio de tu procurador de la demanda, el juzgado lo ha hecho por comodidad, pero deberían haber notificado personalmente al demandado al tratarse de un procedimiento nuevo. A mí cuando me dan traslado de las demandas ejecutivas siempre las rechazo, porque el primer traslado siempre tiene que ser antes al demandado. En cuanto a que no se le dió traslado físico de la demanda, los juzgados la mayoría de las veces nos bajan las resoluciones sin acompañarla contestación, informes, oficios,etc, con lo que tenemos que subir constantemente al juzgado a por ellas. Es la práctica habitual, pero podría recurrirse porque la lec habla de la obligatoriedad de que te den traslado de copia de todo.
Contestando a procuradora el auto de archivo se notificó el 15 de julio. Lo único que temo es que me digan que estoy fuera de plazo para decir ahora que el actor presentó la demanda fuera de plazo.
Hola Belba, como dice Olbis debes recurrir en reposición el decreto que señala día para la audiencia previa por extemporánea. Aunque antes dile a tu procu que se pase por el juzgado y pregunte al tramitador o mejor al secretari@ a partir de cuando cuentan el plazo para presentar la demanda de juicio ordinario, porque aunque la Lec establece claramente que debe presentarse en el plzao de un mes desde el traslado de la oposición, en muchísimos juzgados cuentan el plazo desde el auto de archivo por seguridad jurídica. Siento decirte que lo más probable es que sí la consideren dentro de plazo.
Interesante pregunta. Estoy de acuerdo en que si en el mes de julio se notifica al actor la oposicion al monitorio planteado por ellos tiene desde el 15 de julio un mes para plantear demanda de juicio ordinario. Ese cómputo es de mes a mes, es decir tendria que haberlo presentado el 1 de sept o a lo sumo el 2 antes de las 3.
Pero quizás lo que te deberias plantear es que a lo mejor en la audiencia previa no te va a admitir esa execepcion, pues debes plantearla antes por escrito, al menos desde que tienes conocimiento. Pasa del factor sorpresa y recurre el decreto que señala la audiencia previa ya.
Tras el traslado a la parte actora de mi oposicion a un monitorio, en fecha 15 de julio, la actora presenta demanda de juicio ordinario y lo presenta el 15 de septiembre. Por razones que desconozco el decreto que admite la demanda con plazo de 20 dias para contestar a esa demanda no llega al despacho. Da igual de quien sea la culpa, pues ya nada puedo hacer y estoy en rebeldia. Me han señaldo Audiencia previa para el 2 de febrero.
Pero mirando y mirando me doy cuenta que ese decreto qie admitioó la demanda no deberia haberlo hecho ya que el plazo para su presentación deberia haberse agotado el 1 de septiembre, pues el plazo es de 1 mes, es decir de fecha a fecha.
Ahora no se que hacer: si ¿presentar un escrito diciendo que se ha producido caducidad en la accion para que se decrete nulo todo el procedimiento y archivo, o bien plantearla como excepcion en la propia Audiencia Previa. Aqui seria fundamental es factor sopresa ya que estamos es rebeldia. Pero por otro lado, con el escrito, el juez lo va a examinar, lo va a leer, con jp articulos...etc.