Buenos, veo que no nos entendemos. La pensión que decidimos fué de 300 €/mes. En cualquier caso yo me refería más a una cuestión de conceptos que de dinero. Si un abogado ve que hay una situación de agravio comparativo en mi caso o no, y si es viable luchar por este tema. O, por el contrario, si ve lógico que sea así por algo que a mi se me escapa y me diga que es mejor olvidarme de ello.
Bueno, creo que los responsables de este foro pueden cerrar este tema. Muchas gracias.
Si no me dices cuál fue tu desgravación, difícilmente puedo decirte si vale la pena luchar. No me refiero a que me expliques por qué motivo te aplicaste la desgravación sino a que me digas exactamente en qué consistió: por ejemplo, me apliqué una reducción por descendiente de 1.000 euros (el ejemplo obviamente es inventado).
Si no quieres dar ese detalle en un foro público, lo comprederé pero tú también tendrás que comprender que es imposible asesorar sin datos concretos.
Hola Juan S. Muchas gracias por tu interés.
Mi desgravación fue simplemente la que pertenece a un padre sin custodia por pensión de alimentos. De hecho la declaración me la hicieron en Hacienda a través del teléfono.
Si te puedo decir que la persona que me hizo la declaración desde la agencia tributaria, me indicó que teniendo la custodia compartida no debería pagar esa pensión, pero no me puso obstáculos para desgravar ese dinero.
No se qué datos necesitarías para poder indicarme si merece o no la pena luchar por esa desgravación. Por un lado no dispongo de recursos para pagar abogados, pero por otro pienso que son muchos años renunciando a ese dinero que, a la larga si me pertenece en derecho, será mucho más dinero.
Habría que saber en qué consistió esa "desgravación" que te aplicaste y que Hacienda te quitó, para poder verificar si era algo a lo que tenías derecho o no.
Tengo una duda que agradecería si me pudiera responder un abogado u otro experto en derecho tributario. Les cuento mi caso...
Tengo una niña desde el año 2008. Me separé en 2009 y de resultas de esa separación disfruto de una custodia compartida con la madre de mi hija. A pesar de tener esa custodia compartida, durante la separación se acordó que yo debería pasarle a la niña una pensión, en concepto de pensión por alimentos. Naturalmente tengo todo recogido en una resolución judicial y debidamente documentado.
Hasta aquí, todo normal (salvo por la extrañeza que suele producir una custodia compartida con pensión alimenticia en la gente).
Bien, resulta que en 2010, al hacer la declaración de la renta de 2009, no me desgravé la pensión de mi hija, porque creía que eso iba a grabar la declaración de su madre y no quería perjudicarla. En el momento de hacer la declaración correspondiente al año 2010, me enteré que una pensión de alimentos desgrava a quién la paga pero no graba a quien la recibe, de modo que decidí incluir esa pensión en la renta del ejercicio 2010 y 2011.
El año pasado me llego una revisión de Hacienda reclamándome el dinero que había cobrado por esa desgravación, más los atrasos más una sanción (creo que del 20% del valor de la deuda).
Al recibir esa sanción, no me desgravé el pago de la pensión en el ejercicio 2012 e hice un recurso, puesto que creí tener razón y que era legal hacer este tipo de desgravación por alimentos.
LA respuesta de Hacienda es que no me corresponde hacer esa desgravación por el hecho de tener custodia compartida. Yo insisto en que tengo una resolución judicial de esa pensión alimenticia, no es un capricho que tengo por pagarla. Que cuando uno no tiene la custodia tiene la desgracia de ver poco a sus hijos, pero que no veo la diferencia a la hora de desgravar ese gasto por el simple hecho de tener la compartida. Yo pago también un dinero a "fondo perdido", auqnue disfruto mucho más de mi hija y, evidentemente el tiempo que está conmigo me genera unos gastos que no tendría si no tuviera esta custodia. Es decir, que tengo más felicidad, es cierto, pero también más gastos y, por lo visto, menos derechos.
Me responden equiparando mi caso al de una pareja que tenían el régimen de custodia compartida. Entre ellos decidieron hacer una cuenta para los gastos de su hijo y cada unos de los padres ingresaban mensualmente una cantidad. Los gastos de ese hijo salían de esa cuenta, estuviera el niño con el padre o con la madre. Al parecer esa pareja se desgravaban esa dinero que ingresaban y han una resolución en las que un juez (creo) les quita la razón y decide que no pueden desgravar por ese dinero.
Mi caso no es este. La pareja ingresa un dinero en una cuenta de donde ellos mismos van tomando prestado. Yo ingreso dinero en una cuenta de su madre y no tengo acceso (ni lo quiero) a ese dinero. Mi caso es el de un padre sin custodia y con pensión, a mi entender.
Mi pregunta va dirigida a un abogado. No dispongo de mucho dinero, para mi desgracia y no se si me aconsejan gastar en luchar para que se me reconozca ese derecho a desgravar o sería una perdida de tiempo y energía.