Buenos días, si una persona tiene una operacion ambulatoria, le corresponde el día de la operacion o solo las horas correspondientes a la operacion. Existe alguna ley a este respecto.
Muchisimas gracias.
Sigues sin contestar a quien operan, ya que dependiendo del grado de consanguinidad, tienes derecho o no, según tu convenio a;
dos días en los casos de nacimiento de hijos, enfermedad grave, hospitalización, intervención quirúrgica y fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de la Comunidad de Madrid, el plazo será de cuatro días, y de cinco días si el desplazamiento se realiza fuera de la península.
Como ves, no especifica si la intervención quirúrgica es con hospitalización o ambulatoria, pero si que te restringe el permiso dependiendo del grado de consanguinidad o afinidad (afinidad es familia política)
Muchas gracias a los dos, tengo claro en cuanto a si me corresponde por consanguinidad o afinidad, me referia a la persona a la que operan que en este caso es mi pareja, no para el acompañante que ya tengo claro que no me corresponde ya que no estamos casados. La operacion consiste en la extirpacion de un nevus, con posibilidad de tumoracion.
Muchas gracias.
Complicado el tema, la extirpación de un nevus suele ser sencilla, anestesia local, pequeña incisión y cerrar, se hace rápidamente y no se considera dentro del concepto "operación".
En estos casos, no tiene derecho a nada más, pero es el médico quien debe decidir, si él considera que debe reposar y así lo indica, tendría derecho, incluso a cogerse una baja (pero vamos, muy raro sería el caso).