Lo puedes realizar incluso antes del acto de conciliación enviando un burofax al trabajador comunicandole que se incorpore tal día a tal hora en su puesto de trabajo.
No olvides que la readmisión tiene que ser en el mismo puesto y con las mismas condiciones que tenía antes del despido y que deberás abonarle los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta el de la readmisión (salarios de tramitación) ya que de lo contrario sería un readmisión irregular.
Buenas tardes:
La opción de readmitir a un trabajador despedido (no siendo el trabajador representante sindical) se puede realizar en el acto de conciliación o tendríamos que esperar al día del juicio?
Muchas gracias