Gracias. He puesto de manifiesto que no había plazo para la obtención de licencia, que a la fecha de presentación de la demanda, se estaba tramitando la licencia de edificación, que existe un documento aportado con la demanda en que el actor dice textualmente que debido al considerable retraso en la construcción, ya no le interesa la compra (sólo habían pasado 11 meses desde la fecha de la firma). Piden la devolución de lo pagado más un 6% que estaba previsto para incumplimiento. Yo niego el incumplimiento porque cuando presenta la demanda, no había licencia pero no caducó el expediente hasta 6 meses después y que en esa fecha ni el vendedor podía pedir el resto del precio al comprador ni el comprador la devolución de lo entregado porque ni siquiera se sabía si la condición se iba a cumplir o no, por tanto, no había inclumplimiento en el vendedor y no se podía resolver el contrato de promesa de venta por incumplimiento imputable al vendedor porque no era momento de reclamar el cumplimiento. De todas formas sé que está complicado pero se ha hecho con lo que se ha podido. Un saludo.
Pues sí que está fastidiada la cosa. Por lo que entiendo la opción de compra fue gratuita y se entregaron cantidades a cuenta del precio del inmueble. Pero por lo que dices no se estableció un plazo para la tramitación y concesión de la licencia...
Yo diría esto y que la caducidad del expediente de la licencia se debe a que presentada la demanda tu cliente intentó llegar a un acuerdo y que paralizó los trámites dada la situación económica y para no incurrir en más gastos...(una bola total, pero otra no se me ocurre). Si que insistiría en que no había plazo para la concesión de la licencia...
Todo esto si sólo piden el reintegro de lo pagado, si piden más habrá que cargarse la cláusula de la licencia...
Perdon, la demanda se presenta ir en Octubre de 2.008. La contestación a la demanda que hizo otro compañero incide en que al tiempo de presentación de la demanda, se estaba tramitando la licencia y que, por tanto, no estaba incumplida la obligación por causa imputable al promitente vendedor, luego no se podía exigir la resolución del contrato porque no se podía exigirsu cumplimiento. En el transcurso del proceso, el actor pidió que se oficiara al Ayto, el cual ha dicho que en Marzo de 2.009 (seis meses después de la demanda) ha caducado el expediente de licencia por paralización imputable al solicitante (es en ese momento cuando podría haber presentado el actor su demanda ya que, no se podría cumplir la obligación de vender). En fin la cosa está complicada pero....
Es una opción de compra condicionada a la obtención de la licencia por parte del promitente vendedor. La condición se establece para perfeccionar la CV. No se establece el plazo para la construcción sino que se dice que la OPCION SE ELEVARA A ESCRITURA PUBLICA cuando se obtenga el certificado final de obra, estimándose la fecha de entrega en el plazo de 24 meses desde el otorgamiento de la licencia.Ocurre que la opción se firmó en agosto de 2.007 y en julio de 2.008 quería ya que le devolvieran el dinero. En octubre de 2.009 presenta demanda de resolución de contrato basado en que no se ha obtenido la licencia de edificación. Si me puedes orientar te agradezco. Un saludo.
No me entero, se establece una condición suspensiva o resolutoria? La condición se establece para perfeccionar la CV o para la elevación del contrato? Porque tal y como lo cuentas eso es lo que parece. Además por lo que dices existía un plazo de construcción desde el otorgamiento de la licencia, pero no para este.
Habrá que ver el literal del contrato...
Opcion de compra condicionada a licencia de edificacion
En una contrato de opción de compra de agosto de 2.007 se pacta que se elevará a escritura publica cuando se obtenga el certificado final de obra y la vivienda se encuentre en condiciones físicas para ser entregada, estimándose la fecha de entrega en el plazo de 24 meses contados desde el otorgamiento de de la licencia de edificación. En octubre de 2.008, el promitente comprador insta la resolución del contrato porque dice que la promotora constructora no tiene la licencia de edificación. Ha llegado a los autos un documento pedido por la actora (el comprador) que dice que en Marzo de 2.009 (6 meses después de la presentación de la demanda) se ha declarado caducado el expediente. ¿puede considerarse incumplimiento de la vendedora o, por el contrario, cuando presentó la demanda el actor ni siquiera había posibilidad de incumplimiento puesto que la solicitud de licencia fue presentada en fecha 28 de marzo de 2.007. Gracias.