- Paleg: La omisión consiste en que el policía dejo de incluir en el atestado del accidente a mis clientes, cuando este les aseguro que lo haría. Por lo que en el momento de exigir la responsabilidad civil a la compañía, esta se niega porque en virtud del atestado, no tienen responsabilidad. Sin embargo, si cubrieron los gastos médicos de mis clientes en el citado accidente, ¿contradictorio , no?
-Fernandez_iudex: Gracias, por tu respuesta... ¿como puedo hacer para impugnar ese atestado? perdona la pregunta, pero en estos temas voy algo pegado. Un saludo.
Falsedad documental no puede ser, y menos si es una diligencia y dependería cual. Otra cosa es en la comparecencia.
En todo caso un defecto de forma sería lo más apropiado.
El atestado policial no es un prueba determinante, yo mas que acusar al policía instructor de un delito de falsedad documental, solicitaría la impugnación del mismo por el motivo que refieres, y combatiría la omisión con otras pruebas donde se acredite el hecho omitido en el atestado. Esta estrategia procesal la veo más oportuna. Saludos.