Paso a exponer mi caso a ver si me podéis ayudar, ya que no encuentro respuesta a mis preguntas.
El pasado 20 de enero compre una furgoneta a un profesional compra venta. El día 30 me doy cuenta de que el vaso expansor del refrigerante estaba prácticamente vacío, cuando obviamente al comprarla estaba bien, y aquí empieza la odisea.
31 de Enero 2022
Así pues el 31 me pongo en contacto con el establecimiento indicándoles que he visto ese fallo y que si me pueden dar los papeles de la garantía para tramitarla. Me comentan que me los van a enviar, pero durante todo el 31 y 1 de febrero no consigo contactar ni recibir respuesta por parte del compraventa por ninguna vía, decido llevar la furgo al taller para que miren que tiene y me hagan un presupuesto de las reparaciones que envio por correo y whatsapp al compraventa.
2 de Enero 2022
El día 2 por la mañana con suerte, el compraventa me coge el teléfono medio dormido y consigo que me envié los papeles de la garantía por whatsapp. Remito el presupuesto a la empresa de la garantía y esta me rechaza la reparación por no tratarse de piezas que estén cubiertas por la garantía.
Los fallos que tiene la furgo es que tiene perdidas de refrigerante por varios puntos, así como cambiar la caja del termostato, también pierde liquido de dirección y hay que cambiar el condensador del aire acondicionado.
Me vuelvo a intentar poner en contacto con el compraventa para que se hagan ellos cargo, y no su empresa aseguradora de los fallos (y digo intentar porque nunca más recibí respuesta del compraventa).
3 de Enero 2022
Jueves 3 me llama un representante de la empresa aseguradora para ver que ocurre con la reclamación, explicándome los términos de la garantía que ellos ofrecen, le comento y me dice que efectivamente eso debería funcionar bien y que va a hablar con el compraventa, pero que su garantía no lo cubre.
4 de Enero 2022
Viernes 4 le pregunto a este Sr. si ha podido contactar con el compraventa y que si sabe algo, ya que yo no puedo hablar con él. Me dice que ha hablado con él y que ya me dirá algo el compraventa. Si, nunca recibí ninguna llamada ni mensaje de esta persona.
Procedo a poner una reclamación a consumo, la furgoneta la tengo parada sin reparar ya que desde consumo me dicen que no la repare, pues si el compraventa quiere comprobar el estado de la misma debe poder hacerlo.
8 de Enero 2022
Le digo al compraventa que lo denunciaba a consumo, y oh sorpresa, ha vuelto a dar señales de vida. Se ha ofrecido a reparar la furgoneta en su taller. Vamos por partes, obviamente no me fio un pelo y no quiero llevárselo a su taller, y segundo tengo que hacer bastantes kilómetros para ir hasta allí. Le he dicho que si recoge y devuelve la furgo él, sin problemas.
9 de Enero 2022
Hoy por voluntad propia el compraventa me ha contactado, diciendo que no se niega a reparar la furgoneta siempre y cuando se la lleve a su taller. Digamos que me queda "cerca" (200km), pero y si yo viviera a 1000km también debería llevarla a su taller para la reparación? Vaya sin sentido
10 de Enero 2022
El taller dice ofrecerme 400€ y que repare la furgoneta donde yo quiera (El presupuesto del mecánico es de 800€) o que le lleve la furgoneta hasta su taller. Le intento hacer entender que puede repararla en su taller si viene a buscar la furgoneta y la entrega en mi domicilio sin problemas, o de lo contrario, busque un taller cercano a mi si no le gusta al que yo he ido.
Estoy sin reparar la furgoneta, no puedo utilizarla, esperando respuesta desde consumo por la reclamación que he puesto. El taller ya me ha dado a entender que eso es lo que hay, 400€, o que lleve la furgoneta a su taller, con el gasto de dinero y tiempo que implica para mi.
Mi pregunta es, ¿PUEDO REPARAR LA FURGONETA, O DEBO DEJARLA PARADA ETERNAMENTE HASTA RECIBIR NEGATIVA Y EMPEZAR POR LA VIA JUDICIAL?
Ya no es tanto por la cuantía económica, que también, si no por hacer valer la ley ante semejante individuo, casi soy más feliz con que le caiga una buena sanción económica por pirata.
Hola. Aunque no lo mencionas expresamente, entiendo que compraste el vehículo para uso personal y no relacionado con una actividad empresarial. En tal caso, se aplica el texto refundido de la Ley General de Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (RDL 1/2007 de 16 de noviembre): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-20555
Los bienes de segunda mano tienen como mínimo una garantía de un año desde la entrega (artículo 120.1). La reparación de la avería será gratuita para el consumidor, incluyendo los gastos necesarios y especialmente el transporte, mano de obra y materiales (artículo 118.4 a). Si se niega a reparar el vehículo gratuitamente, incluyendo los gastos de transporte necesarios, tienes derecho a reclamar la reducción proporcionada del precio o la resolución del contrato (artículo 119).
Efectivamente el uso es particular, gracias por reafirmar mis dudas sobre la ley.
La cuestión es si puedo hacer las reparaciones en mi taller de confianza y seguir con la reclamación de consumo, y supongo que a posteriori judicialmente ya que yo ya habría reparado la furgoneta y se va a negar a cubrir los costes fuera de su taller.
Debo acudir a un perito para que evalué los daños antes de la reparación? Debo seguir esperando una respuesta por parte de consumo? El tema es que hace más de dos semanas que tengo la furgoneta parada y esto se alarga sin que yo puedo hacer uso de ella.
Para que el empresario vendedor del vehículo asuma el coste de la reparación dentro de la garantía, debes poner el vehículo a disposición del taller que él te indique expresamente. Como te decía, si el empresario se niega a hacerse cargo de la reparación, incluyendo los gastos de transporte, puedes solicitar la reducción proporcional del precio o la resolución del contrato. Si la cuantía de la reclamación es inferior a 2000 euros no es obligatorio contar con abogado y procurador, pero en todo caso te lo recomiendo antes de entablar cualquier acción judicial. En cuanto al informe pericial, es recomendable para cuantificar la reducción proporcional del precio a la que tendrías derecho.
El comercio me dice que lleve el coche a su taller, imaginemos que yo vivo a 1.000km. Obviamente desplazarme hasta allí es una perdida de tiempo y dinero, el comercio se niega a pagar/recoger/hacerse cargo de los gastos de envió de la furgoneta y lo mismo de devolución.
El anuncio así como conversaciones iniciales fueron mediante Wallapop (compra online?), pero se cerro el trato y recogió la furgoneta en persona en el comercio.
Quien tiene razón? Debe él asumir esos gastos? Debe facilitarme una opción más cercana a mi domicilio si no quiere hacerse cargo?
De este modo, entiendo que el consumidor se ve obligado a comprar cosas solamente a pocos km de su hogar, ya que de lo contrario, en caso de avería debe asumir los costes de envió para reparaciones/substituciones.