Hola, soy persona física y me acogí a la LSO. Hace dos días recibí el auto del concurso y por lo que me han explicado, significa que he sido admitida en el concurso de acreedores y que los acreedores tienen 15 días para pedir administrador concursal. Como detalles de mi situación, tengo una vivienda habitual para la cual estoy pagando hipoteca y me queda por pagar un 98% del préstamo hipotecario y un coche valorado en 2500 euros. Mirando el procedimiento me di cuenta de que mi abogada no incluyó en la lista de pasivos y activos, una posible indemnización que estoy por recibir de un procedimiento que gané hace un tiempo.
La indemnización (que no sé si la voy a recibir o no porque aún no ha salido a subasta la vivienda de la persona que me tiene que pagar) digamos que es un cuarto del pasivo insatisfecho (25000 euros) pero si la abogada de esa persona se entera que estoy en concurso de acreedores y solicita mi lista de activos y pasivos, creo que me puede causar problemas en el sentido de que me puedan declarar culpable por el error de mi abogada de no incluir esa indemnización en la lista.
Mis preguntas serían:
¿Es motivo para me declaren culpable?
Si pasa éso ¿me quitarían la vivienda?
Si pasa éso ¿tendría yo derecho a demandar a mi abogada pidiéndole daños y perjuicios por el fallo que cometió que generaría el hecho de quedarme en la calle y sin poder permitirme a pagar un alquiler de mínimo 500 euros al mes y también comer?
Sí, es posible que la omisión de la indemnización en la lista de pasivos y activos por parte de tu abogada pueda ser considerada como un error que afecta a tu situación en el concurso de acreedores. A continuación, se detallan las posibles consecuencias y tus derechos:
Consecuencias de la Omisión
Declaración de Culpa: La omisión de la indemnización puede ser considerada como una falta grave que afecta a tu situación en el concurso de acreedores. Esto podría llevar a que se te declare culpable por no haber presentado una lista completa de tus pasivos y activos.
Pérdida de la Vivienda: Si se te declara culpable, es posible que pierdas la vivienda, ya que la Ley Concursal permite a los jueces ordenar la venta de bienes para pagar a los acreedores. La vivienda podría ser vendida para cubrir tus deudas, incluyendo la hipoteca.
Responsabilidad por Daños y Perjuicios: Si se te declara culpable, podrías ser responsable de los daños y perjuicios que se hayan causado a tus acreedores debido a la omisión de la indemnización. Esto podría incluir la pérdida de la vivienda y otros bienes.
Derechos
Demandar a la Abogada: Puedes demandar a tu abogada por daños y perjuicios, ya que su error ha causado un perjuicio significativo en tu situación. Debes presentar una demanda en el juzgado correspondiente, explicando los daños causados y solicitando una indemnización por los perjuicios sufridos.
Reclamar la Indemnización: Aunque no estás seguro de recibir la indemnización, es importante que la incluyas en la lista de pasivos y activos. Si la abogada de la otra parte se entera de que estás en concurso de acreedores y solicita tu lista, podrías enfrentarte a problemas si no tienes la indemnización incluida. Es esencial que la incluyas para evitar posibles consecuencias negativas.
Recomendaciones
Actualización de la Lista: Asegúrate de que tu abogada actualice la lista de pasivos y activos para incluir la posible indemnización. Esto es crucial para evitar problemas futuros.
Comunicación con la Abogada: Mantén una comunicación abierta con tu abogada sobre cualquier cambio en tu situación financiera, incluyendo la posible indemnización. Esto ayudará a evitar errores y a asegurar que tu situación esté correctamente documentada.
Seguimiento del Procedimiento: Continúa vigilando el procedimiento del concurso de acreedores y asegúrate de que todos los pasivos y activos sean correctamente incluidos. Si tienes alguna duda, no dudes en consultar con tu abogada o con un experto en la materia.
Es fundamental que tomes medidas para asegurar que tu situación esté correctamente documentada y que no te afecten las consecuencias negativas que podrían derivar de la omisión de la indemnización en la lista de pasivos y activos.
Muchas gracias por su respuesta. Por desgracia mi abogada no me contesta las llamadas ni los correos. No me informa de nada ni me comunica nada. El auto está ya decretado. De lo poco que me he podido informar por mi cuenta, en éste caso que ya está el auto del concurso decretado, ya no se pueden hacer subsanaciones para incluir la posible futura indemnización. ¿Es correcto?
Referente a lo usted dice sobre que van a quitarme la vivienda, se la va a quedar el banco que me concedió la hipoteca ya que tengo otros dos préstamos personales con ellos que están incluidos en la lista aún cuando la hipoteca está al día de pago. Para el resto de acreedores ya no quedará dinero para cubrir las deudas. Entonces entiendo que esas deudas quedarán para siempre allí y cada vez yo tenga un sueldo me embargarán parte de él hasta terminar de pagar los 100.000 euros de deuda. ¿Es correcto?
Entiendo también que si me declaran culpable por culpa de mi abogada, nunca más tendré derecho a acogerme a la LSO. ¿Es correcto?
Si pasa todo ésto, mi vida será destrozada por completo empezando por tener que irme a dormir debajo de un puente.
¿Existe la mas mínima probabilidad de que el juez considere mala praxis de mi abogada y que no me declare culpable?