Soy el encargado en mi empresa de transmitir las afiliaciones de los trabajadores a la seguridad social por el sistema red. La semana pasada me olvidé de transmitir el alta de 5 trabajadores que empezaban este lunes y ayer cuando me di cuenta los transmití pero claro, la s.S. Me dice que están fuera de plazo y dan efectos de fecha de ayer. ¿Qué consecuencias me puede traer esto? ¿me pueden meter una sanción administrativa o algo así?
Habla con la Tesorería de la Seguridad Social. Lo normal es que tengas que hacer un escrito pidiendo que aunque te retrasases en el alta y la has dado posteriormente fuera de plazo quieres que tenga efectos desde el día del alta real.
A mi me paso hace tiempo. de hecho me paso conmigo mismo (y no es coña) y me enteré por que cuando pedí la autorización para trabajar con Silcom me dijerón que no podía ser por que no estaba de alta en la empresa... (sin comentarios)
En fin estos caso te recomiendo que hagas rápidamente un escrito a TGSS en el que informes que por error administrativo no se ha tramitado el alta en el momento adecuado y que solicitas te igualen fechas... en estos casos yo también indico que se lo he comunicado al rabajador y que ha tales efectos firma el escrito (Fotocopia del D.N.I. del trabajador)
A mí también me ha pasado, presente escrito pidiendo que me igualasen fecha real y de efecto puesto que había sido un error administrativo pero no me solucionaron nada. Me explicaron que ellos no lo iban a denunciar a la Inspeccion, que no lo hacían nunca ,pero que no podían sacar el fuera de plazo.
La administración de la seguridad social que te toque por zona. La misma que te hace las bajas y variaciones. Tu entrega un escrito en el que especificas lo que te paso. Acompañalo de la copia de la resolución que te llego por sistema red si es el caso, sino sólo lleva el contrato firmado y sellado por el INEM y ya se encargan de mecanizarlo. Pon en el escrito que te lo pongan en plazo haber si te lo hacen.
a mi me lo han puesto en plazo cuando el día del alta se tiene por intentado, es decir , porque haya metido algún dato erroneo y no venga bien el alta y entonces la tienes que volver a enviar, en ese caso no hay problema porque tienes la prueba de que se tuvo por intentado....pero cuando eso no es así y no hay ninguna constancia del alta no se yo
Estoy totalmente de acuerdo con yo misma, si no tienes justificante de haberlo enviado en plazo, aunque haya datos incorrectos no hay nada que hacer, a no ser que tengas mucha confianza con la persona que lleve el tema en la Administración de la TGSS que seguramente te lo pueda arreglar, jejeje... ya conozco algun caso, yo no tuve esa suerte
Un saludo
Pues me sabe mal (en serio) no se si será por que cuando he tenido que ir yo se me pone cara de bobo (que todo será) pero hasta la fecha las he podido rectificar todas (y que conste que yo empezé en una ETT con un caos interno de te mueres y docenas de errores de este tipo (leer el segundo post que no es broma)) no siempre lo he tramitado con elmismo funcionario ni siquiera en la misma oficina pero indicando que ha sido por error administrativo y on la fotocopia del NIF del trabajador y su firma en el escrito nunca he tenido pegas (lo dicho, serápor la cara de bobo)
hombre, a mi personlamente núnca me ha pasado entonces núnca lo he intentado pero tampoco lo intentaría pues es probable que te puedan sancionar (así que por si acaso no lo haría), pero a la próxima vez que vaya a la TGSS lo preguntaré a ver qué me dicen y ya os contaré
Mi ipinión, es que metas el escrito ya, si te tienen que sancionar te van a sancionar igual. Yo he tenido unos cuantos olvidos de ese tipo, y nunca me sancionaron.
Lo de que te lo pongan en plazo o no depende de las ganas que tengan de hacerlo, lo que esta claro es que un alta fuera de plazo solo perjudica al trabajador que es al que no le cuentan los días en la vida laboral. Yo lo que hago es solicitar la modificación y si no me hacen caso le digo al trabajador que reclame, por si el tiene mas suerte.
Pero lo dicho, los errores hay que asumirlos, por lo que envia el escrito.
Suerte.
He preguntado tanto en la tesorería de ourense (sede de la empresa) como en la de málaga (cuenta cotización donde afilié a esos trabajadores) y en ambos sitios me contestaron que aunque presente un escrito adjuntando los contratos con la fecha correcta y la firma de los trabajadores, no me van a cambiar la fecha de efectos. Que he cometido un error y los errores hay que asumirlos (ellos deben ser perfectos). O sea, que aunque no haya mala fé, ellos siguen el manual a rajatabla y no son comprensivos con los errores de los demás.
Por lo que leo en vuestras opiniones, dependerá del jefe de afilición de la tesoreria de cada provincia y yo a los de aquí no los conozco porque llevo muchos años haciendo todo por red.
No sé si hacer el escrito por si acaso, aunque si me contestan que no lo cambian se va a enterar mi jefe que es el que abre toda la correspondencia y bronca segura. ¿a alguno de los que os haya pasado esto os han sancionado? Si lo normal es que no te sancionen, paso de todo, aunque cotice igual por los trabajadores desde la fecha real de alta.
En teoría podría llegar una sanción de 300 € por cada trabajador, pero a mi me pasó en una ocasión y la sanción no llegó nunca. No creo de hecho que te llegue.