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olvido de presentacion a juicio

16 Comentarios
 
Olvido de presentacion a juicio
perfil GPA
23/01/2013 02:08
Buenas, tuve una denuncia por un golpe que le di a un chico con el que anteriormente he tenido problemas, el caso es que fue un empujón tipo del que te das cuando sales de fiesta que te chocas con la gente, pero por aprovecharse me ha denunciado con acusaciones falsas y llevando un testigo que no estuvo presente en el suceso. El problema es que me equivoqué de dia y fui otro dia al del juicio. Ya me ha llegado la sentencia de que le tengo que pagar al chico, los gastos de hospital y del juicio, pero no estoy dispuesto a pagarle nada a él porque no lo creo justo. Lo que no sé es si mandar un recurso de apelación, declararme insolvente o si no me merecería la pena reclamar nada, porque es que me parece ridículo...
Necesito algo de consejo, por favor... Gracias
26/01/2013 15:13
¿Cuál ha sido la condena que le han impuesto?
Atentamente,
www.indiciodigital.es
26/01/2013 18:32
siempre puedes recurrir, pero no te olvides de los plazos ...
26/01/2013 22:44
Siempre puedes recurrir. En teoría no te hace falta abogado para recurrir, aunque el recurso elaborado por un abogado siempre será más acertado que el que interpongas tú, que para eso es una profesional. No obstante, no comparecer en juicio sin justa causa va a ser una losa difícil de levantar. Solo una cuestión técnica podría hacer exitoso el recurso, pero para eso necesitas acudir a un abogado. El problema es que el abogado te va a cobrar tanto o más que la condena que te hayan impuesto, por lo que no sé si te compensará. Lo de la insolvencia no depende de ti: si tienes nómina o bienes te embargarán, quieras o no pagar.
perfil GPA
28/01/2013 21:29
gracias por los comentarios.
La condena ha sido de pagarle al chico 26€, mas los gastos de hospital unos 180 mas lo del juicio que eran unos 150 o 15 dias de arresto domiciliario.
Lo re recurrir...es que a mi eso de andar pagando para no conseguir nada y además que me parece una tontería.
No tengo bienes ni cuentas propias asi que me han aconsejado que no pague excepto lo del juicio que puedo aceptar lo del arresto.
28/01/2013 21:43
El arresto suplirá a la multa pero la indemnización siempre la tendrás pendiente. Algún día te puedes encontrar con el embargo.
28/01/2013 21:59
no lo estarán mirando cada día, y a los 15 años (!) prescribe.

así que ...
28/01/2013 23:36
Que te sustituyan la multa por arresto domiciliario. El juez te deja elegir los días y no tienen por qué ser consecutivos. La indemnización, si eres insolvente , no se la podrán cobrar. Saludos.
perfil GPA
29/01/2013 14:28
se que la indemnización estará ahí, pero vamos no me preocupa por el momento no tengo trabajo, tampoco lo estoy buscando y el dinero que le deba al muchacho no creo les importe mucho con el tiempo porque es insignificante a mi parecer.
Por el momento no me pueden cobrar nada de nada aunque eso de que los dias no sean consecutivos si me interesa con el arresto.
Espero que solo sea eso y acabe prescribiendo a ver si me deja en paz de tanta tontería y tanto querer sacarme el dinero...
Gracias
29/01/2013 14:58
Claimco, no interrumpe la prescripción cualquier actuación encaminada al cobro?
29/01/2013 15:42
La mayoría de los juicios de faltas prescriben en ejecución, sólo que la gente lo ignora.
29/01/2013 15:55
Tenía entendido que las ejecuciones de indemnizaciones se tramitan como ejecuciones civiles y que no prescriben.
perfil GPA
29/01/2013 19:11
pero me supongo que las indemnizaciones tendran unos minimos de X dinero para abajo que prescriban al tanto tiempo yo creo...o eso tengo entendido.
Lo mio ha sido por juicio de faltas
30/01/2013 00:14
Lo que prescribe es la condena. Una vez prescrita nadie se molesta en reclamar la pasta.
perfil GPA
30/01/2013 02:17
bueno a eso me referia, pero... sea cual sea el delito ya sea por faltas prescribe al mismo tiempo?
30/01/2013 11:35
La cuestión es que esa indemnización se puede ejecutar en cualquier momento, no prescribe como el resto de la condena. Ya digo, sería como en un asunto civil (15 años) que se interrumpirían en cada ocasión en que se hiciera alguna actuación tendente al cobro.
Salvo mejor criterio fundamentado.
perfil GPA
30/01/2013 17:57
vale gracias
de todas maneras me tendran que avisar para que pague la indemnizacion ya vere a ver que puedo hacer y que pasara...