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Okupas

8 Comentarios
 
Okupas
10/03/2006 10:02
Espero que alguien me pueda decir algo porque no sé que puedo hacer. Hace poco heredé un inmueble, situado en el centro de Tarragona, el cual estaba en un estado un poco ruinoso (sobre todo por dentro porque la fachada no se encuentra muy mal) y me estaba dedicando en mi tiempo libre a irlo reformando.
Pero hace aproximadamente una semana comprobé que lo habían occupado un grupo de gente joven habiéndome forzado la puerta de acceso. Por supuesto lo denuncié, pero la Policia me dijo que como este inmueble no era mi vivienda habitual de momento lo único que se podía hacer policialmente era identificar a los "señores" que lo habían ocupado y dar cuenta al Juzgado. Pude comprobar personalmente que efectivamente esto fue lo único que hizo la Policia, se presento en el lugar y los identificó sin más. Pregunto ¿ la ocupación no es un delito? ¿Cuando los identificaron no los podían haber detenido, porque los "okupas" salieron a la calle cuando llegó la Policía? Y ya lo último, ayer vi que esta gente había cambiado la puerta de acceso al inmueble que tenía yo y habia puesto otra con una cerradura distinta, y encima decían que ellos no discuten la propiedad sino que reivindican la utilidad social de los inmuebles abandonados. Pero en mi caso no es un inmueble abandonado y además lo estaba reformando.
Quisiera saber que es lo que puedo hacer y si la Policia ha actuado "negligentemente" en mi caso. Me imagino que en este foro habrá cuestiones más interesantes pero estas cosas cuando le tocan a una ......Gracias de antemano
perfil Rus
10/03/2006 10:54
Puedes presentar una demanda de desahucio. Sigue los trámites del juicio verbal, y tienes dos opciones:
a) Si tienes inscrita la vivienda a tu nombre en el registro de la Propiedad, con base en el artículo 250.1.7º LECiv.

b) Teniéndola inscrita o no, desahucio por precario del art. 250.1.2º LECiv.
10/03/2006 11:48
Gracias Rus por tu respuesta. Pero lo que ocurre es que han entrado en mi propiedad sin mi consentimiento, forzándome la puerta, después la han cambiado y la cerradura tammbién, y encima me tendré que gastar el dinero en un procedimiento civil buscándome un abogado y un procurador para presentar la demanda ¿no?, cuando la ocupación aún siendo pacífica, que no es el caso, es ya un delito como me dijeron en la propia Comisaría. Por esto pregunto si la Policia actuó correctamente únicamente identificándolos en vez de detenerlos, ya que tuvo la ocasión de hacerlo y no lo hizo. Los podían haber detenido y pasarlos a disposición judicial por un delito de usurpación creo que es.
Gracias por tu respuesta Rus otra vez
perfil Rus
10/03/2006 12:27
No creo que haya negligencia, si hablamos en sentido estricto, pues no tienen, desde mi punto de vista, obligación de detenerlos.

Creo que no entra dentro de los delitos que pueden ir directamente por juicio rápido, aunque se podría considerar delito "flagrante" o de instrucción sencilla".

Tampoco estamos en un supuesto en los que hay obligación de detener, a no ser que se consideraran "delincuentes in fraganti".

En cualquier caso, la detención duraría como máximo 72 horas, y después deberían dejarlos en libertad o ponerlos a disposición judicial .

De momento, la Policía dará traslado al juzgado de todo lo que hayan hecho, y se abrirán unas diligencias previas, por lo que tampoco debes perder la esperanza (no se irán inmediatamente, pero al final tendrán que hacerlo).

Problemas que te puedes encontrar.

En mi opinión, se trata de un delito de usurpación del art. 245. Como ves, tanto si hay violencia como si no, sólo lleva pena de multa (más las penas que pudiera haber de existir violencia).

Al ser delito, si te quieres personar, debes ir con abogado y procurador. Si no te personas, sólo irás de testigo, y estarás en manos de lo que pueda pedir el fiscal como indemnización por los daños que pudieran haber causado en la vivienda, que será lo peor, y no podrás aportar más pruebas que las que él solicite.

Además, supongo que los okupas serán insolventes, por lo que no vas a poder cobrar, así que quizás te compense no personarte, y así te ahorras el abogado.

Por cierto, si no me equivoco (y creo que no), mientras no termine el procedimiento penal no podrías pedir el desahucio por vía civil.

Paciencia y suerte.
10/03/2006 12:55
Con lo cual si lo que quieres es que salgan de ahí rápidamente lo suyo es que optes por el deshaucio en la vía civil, pues si los procedimientos ya de por sí son largos imagínate si tienes que pasar por dos, sobre todo cuando no tienes garantias de que los okupas vayan a cumplir pena de multa alguna.

Salvo mejor opinión.
perfil Rus
10/03/2006 13:12
Problema. Hay que archivar el procedimiento penal.
10/03/2006 13:16
Por si te sirve la opinión de un antiguo okupilla, entre nosotros siempre había existido la creencia de que mientras estuviésemos viviendo en un inmueble ocupado, la policia no nos podía detener si nos encontrábamos en el interior pq se considera que estamos haciendo vida en ese espacio y se consideraría nuestro domicilio por lo que la Policia nesecitaría una orden judicial para poder acceder y detenernos dentro. Ahora en el caso que usted cuenta creo que cuando la Policia los identificó se encontraban ya fuera de la casa, por lo que podían haberlos detenido perfectamente. Además aparte de la usurpación, también se puede tener en cuenta el valor de los desperfectos que le hayan ocasionado al forzarle la puerta, porque en caso, aunque difícil, de que estos daños superasen el valor de 400 euros ya es un delito de daños. De todas maneras nosotros eramos buenos, y sólo ocupábamos inmuebles totalmente abandonados. Espero que lo pueda solucionar cuanto antes.
11/03/2006 10:28
Entonces, por lo que he podido leer de vuestras respuestas como ya he denunciado en la Comisaría se ha iniciado el procedimiento penal que a lo que puede llegar es a la imposición de una pena de multa a estos señores ¿no?, ¿y el Juez no dicta el desalojo de ellos si siguen ocupando mi propiedad cuando resuelva?? ¿ el desalojo o desahucio tiene que ser por la vía civil, una vez que se haya concluido el procedimiento penal? A ver si alguien me puede explicar también la diferencia entre un desalojo y un lanzamiento. Y por último quisiera saber q puede ocurrir si el Juez impone a estos señores Okupas una multa, y se declaran insolventes, ¿ no son ressponsables en este caso sus padres, o sólo en el caso de que sean menores? Vamos que lo tengo dificil por todos lados, esto es increible, mientras otros señores disfrutan de mi propiedad. Gracias a todos por las respuestas anteriores. Un saludo.
perfil Rus
11/03/2006 15:19
Se tienen que ir si resultan condenados.

La multa a tí no te afecta, lo que te importa es la responsabilidad civil. Sus padres no tienen nada que ver.