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Okupas

10 Comentarios
 
Okupas
15/01/2006 19:41
Hace muy poco que he descubierto este foro y he podido comprobar que muchos de los temas que se discuten son interesantes y que quien lo hace tienen buenos conocimeientos del tema por ese motivo les quisiera exponer la siguiente duda: En los casos de casas oKupadas, quisiera saber si a los infractores se les aplica a más del artículo 245 referente a la usurpación, el artículo 255 referente a la defraudación de fluido electrico, por ejemplo. Normalmente esta gente acostumban a "pinchar" de la red general o de algún vecino, para poder abastecerse y evidentemente no abonan ni un duro del consumo que realizan. Si fuese así entiendo que la policía podría actuar de oficio, pero quisiera saber si con el informe del tecnico diciendo que se ha pinchado la red habría bastante para demostrar el fraude. Supongo que ha de ser muy dificil p
ara la empresa suministradora demostrar los consumos que se está defraudando, si el consumo se hace directamente desde la red, y no se puede comparar con ninguno anterior. Posteriormente al inicio de las diligencias supongo que se comunicaría a la empresa como perjudicada el inicio de la investigación. Gracias por sus respuestas de antemano.
15/02/2006 23:49
Hola:

En los casos de defraudación de fluido eléctrico y análogos, es reiterada la Jurisprudencia que entiende que, ante la dificultad que entraña la prueba directa, en la mayoría de ocasiones habrá que acudir a la prueba indiciaria para probar el fraude.

El informe técnico es suficiente, apoyoado con otros hechos; ello aunque el informe pericial no pueda atribuir a persona concreta el "pinchazo".


Salvo mejor opinión. Un saludo.
perfil HHH
20/02/2006 01:13
Vamos a ver, Ana Fernandez. Dudo mucho que si el informe tecnico no puede fijar la identidad de la persona que se aprovecha del fluido ajeno, sin más pueda intuirse que, como hay okupas en el edificio, sean ellos los culpables.

Con todos mis respetos.
20/02/2006 09:55
Vamos a ver, HHH: Con todos mis respetos, yo no he dicho eso.

Mencioné que la deduccción tenía que ir apoyada en otros hechos.

Si en un piso de un inmueble hay "okupas", que tienen ochenta lámparas encendidas y que no pueden aportar ningún tipo de recibo por la luz que están consumiendo. Si un perito afirma que existen irregularidades en la línea de suministro, manipulaciones, pero que no es capaz de atribuirlas a un vecino en concreto (por lo visto, es difícil).

Si todo eso ocurre, se puede inferir que son los "okupas" los que han "pinchado" la línea. Y así se viene entendiendo por los Tribunales.

Saludos.

perfil HHH
20/02/2006 13:59
Sigo dudando. No me has convencido. Un saludo.
20/02/2006 14:40
Me parece muy bien, HHH.
En cualquier caso, no era mi intención convencerte.
Sólo intentaba aclarar tu interpretación errónea de mi opinión (por otra parte, siempre discutible).

Un saludo.
perfil HHH
20/02/2006 16:26
Pero no te enfades conmigo eh?
20/02/2006 16:28
Si yo no me enfado, hombre. ¿Por qué me iba a enfadar?
perfil HHH
21/02/2006 11:28
Entonces amigos, no?
perfil HHH
21/02/2006 14:51
Si se te ocurre alguna otra cosa podemos seguir discutiendo...........el tema es interesante
21/02/2006 16:28
No, de momento, no se me ocurre nada. Saludos.