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Okupas con piscina

12 Comentarios
 
Okupas con piscina
11/03/2020 17:31
Somos una comunidad de vecinos que recientemente hemos modificado los estatutos de uso de la piscina para que este verano los okupas de un piso no disfruten de la piscina, (hasta ahora sí lo hacían porque en los estatutos no ponía lo contrario). Son okupas de patada. ¿A qué sanciones o delitos se enfrentan si lo hacen?
11/03/2020 21:53
AinaS76
si hacen el que?
.
11/03/2020 22:05
Cameliasafe
Seguir yendo a la piscina aunque los estatutos de uso de ala piscina se lo prohíbe
12/03/2020 00:32
AinaS76
Sanciones por parte de quien, juridicas ninguna
Por parte de ustedes ninguna
No les dejen entrar en la piscina y ya esta
12/03/2020 07:29
AinaS76
¿Alguien que entienda del tema puede darme una respuesta? Por lo que tengo entendido es una usurpación de bien inmueble.
12/03/2020 09:27
AinaS76
Usurpación de bien inmueble, supongo que no se referirá por el uso de la piscina???
Ocupan un piso, el propietario tiene que denunciar.
Usan la piscina, ustedes pueden impedir el acceso y si se niegan o se ponen violentos llamar a la policía.
12/03/2020 12:12
AinaS76
Las leyes, las normas de convivencia, etc solo se hicieron para la gente honrada, para la gente de mal vivir, y los okupas en esta ocasión, las leyes no sirven para nada, porque estan para cumplirlas y solo las cumplen las personas decentes.
Y que cosas con el tema de los okupas, campan a sus anchas con el beneplácito de las leyes que encima los protegen.

Habéis modificado los estatutos para que no puedan entrar a la piscina, os habéis olvidado modificar el titulo constitutivo para incluir un articulo que obligue a los okupas a pagar los gasto de comunidad,

No se puede poner puertas al campo, no se puede impedir con normas o estatutos que los energúmenos entren en la piscina, encima se reirán de vosotros.
Solo se podrá impedir la entrada si contratáis a un "cachas" de metro noventa por lo menos y buena musculatura, que cuando el okupa con su traje de baño, su toalla, sus cremas y gafas de sol, trate entrar en la piscina, coja por el fondillo del bañador al okupa y lo largue.

Escribes: ¿Alguien que entienda del tema puede darme una respuesta? Por lo que tengo entendido es una usurpación de bien inmueble.

No te han valido las opiniones de este foro, y son las correctas, no hay mas, es mas grave la ocupación de la vivienda, que darse un chapuzon en la piscina, el verano se acabara, pero el propietario de la vivienda seguirá sufriendo a los energúmenos, ese es el problema.

Y por supuesto una piscina no es una morada, por lo tanto no cometen ningun delito, si porque ocupan un domicilio, si bien el legislador a mi modesto no ampara al propietario dando cancha a los okupas cuando dice: si el inmueble está temporalmente deshabitado no se considerará allanamiento de morada, atendiendo que el allanamiento se realice en la morada de un particular, en domicilio de personas jurídicas, las comunidades de propietarios, por lo tanto los elementos comunes no tienen personalidad jurídica.

Lo que habéis aprobado es mas eficaz para luchar contra los morosos que hay en todas las comunidades, los okupas de tu piscina es solo un problema efímero.

Saludos y suerte.
12/03/2020 15:16
juanchito
Juanchito, mi intención es no ser crítica con usted, pero deberá entender que este consejo no es nada afortunado y del todo irrealizable
os habéis olvidado modificar el titulo constitutivo para incluir un articulo que obligue a los okupas a pagar los gasto de comunidad,
usted sabe perfectamente que los gastos son nunicmente imputable al propietario
12/03/2020 18:31
Cameliasafe
Hola Cameliasafe:

Has escrito recientemente:
"Creo que entre Juanchito y una servidora existe un nexo de unión y es la ironia".

escribe AinaS76be:
"Somos una comunidad de vecinos que recientemente hemos modificado los estatutos de uso de la piscina para que este verano los okupas de un piso no disfruten de la piscina, (hasta ahora sí lo hacían porque en los estatutos no ponía lo contrario)"

Yo me imagino que la modificación diría algo parecido a esto:

Articulo 33.-
Se prohibirá la entrada a la piscina a los okupas del apartamento 3º-15 por ser un elemento de uso y disfrute exclusivo para los propietarios.

Escribo:
"Habéis modificado los estatutos para que no puedan entrar a la piscina, os habéis olvidado modificar el titulo constitutivo para incluir un articulo que obligue a los okupas a pagar los gasto de comunidad"

Mi sugerencia esta cargada de una clara IRONÍA porque es una barbaridad que se modifique un estatuto o normas donde de alguna manera se le da carta de derechos a lo okupas, advirtiéndoles que todo es legal para ellos menos entrar en la piscina.
le sugiero a AinaS76be, irónicamente que de paso modifiquen el titulo constitutivo para que sean los okupas y no el propietario los que paguen los gasto de comunidad.

Nos une la ironía y también un pacto de no critica también, al menos por mi parte.
12/03/2020 18:55
juanchito
¿Pues como lo hacemos si los okupas bajan a la piscina? La policía local y autonómica nos dijo que no los pueden echar porque no pone nada en los estatutos, los okupas se amparan de que tienen parado el deshaucio por un juez hasta encontrarles una alternativa habitacional. Se ríen de la policía cuando vienen a echarles, y les bailan sevillanas
12/03/2020 20:39
AinaS76
Me da la impresión que tu caso esta en Cataluña.

En mi segunda residencia en Tarragona, en la urbanización, en un bloque se ha colado un okupa, es un martirio para su propietario y no hay manera de echarlo, lo que no se es si entra en la piscina, por lo que seria un caso parecido al tuyo.

Afirmas:
"La policía local y autonómica nos dijo que no los pueden echar porque no pone nada en los estatutos"

En los estatutos inscritos en el titulo constitutivo debera indicar quienes tienen derecho al uso y disfrute de la piscina, y dirá que solo Los PROPIETARIOS DE PISOS, los okupas no son propietarios, esa es la contestación que deberíais haber dicho a esos incompetentes "hombres de la ley".

Indudablemente no cometen un delito como he explicado en mi anterior entrada, solo los policías locales o los Mossos (si es en Cataluña) tienen el derecho de intervenir si hubiera una alteración del orden publico, desalojar al okupa por serlo no esta en sus funciones, seria la comunidad la competente de poner todos los medios, como un vigilante privado.

A pesar de que los sindicatos de Policía Nacional y Guardia Civil no comparten las competencias de los vigilantes privados, estos tienen entre otras "velar escrupulosamente por los derechos y libertades de los ciudadanos en la propiedad”, de tal manera que si llamas a Policía local o Moscos, te darán largas con lo de los estatutos, mientras que el vigilante privado puede prohibir la entrada al okupa a la piscina, seguro que al vigilante no le bailarían la Sardana.

Los políticos no hacen nada para evitar el movimiento okupa, no vamos a perder tiempo en este problema que esta apoyado por un partido politico, que como dice el Quijote: "de cuyo nombre no quiero acordarme"

Ya lo sabes Aina (Tengo una amiga en Palau que se llama asi, por eso lo de que el tema esta en Cataluña). solo la contratación de un vigilante privado para la piscina es la solución, lo demas que te han dicho es un cuento chino.

Saludos y suerte.
12/03/2020 20:48
AinaS76
Debo añadirte también que el vigilante controlaría la entrada de morosos y personas que la comunidad no autorizara.
La legalidad que amparara a la comunidad, seria que la prohibición esta basada en el articulo 5º de la Ley de la propiedad horizontal:
"El título podrá contener, además, reglas de constitución y ejercicio del derecho y disposiciones no prohibidas por la ley en orden al uso o destino del edificio"

Saludos y suerte
12/03/2020 21:12
AinaS76
por mi parte desde luego que no existia intención de crítica hacia usted, mi intención era aclararle a AinaS que eso no podia ser. todos sabemos que mucha gente que pregunta, puede entender que es verdad eso que hemos dicho con ironia. ese es el problema de la palabra escrita.
yo le ruego que si usted ve algún error por mi parte, lo indique yo desde luego que no me molestaré.
además todos sabemos cuando nos tenemos que molestar cuando se indica que una se ha equivocado