Por entrar en contexto.
He heredado un terreno el cual al visitarlo he visto que hay 6 perros en el interior.
Dias despues encontre en el interior un vecino propietario de una finca colindante el cual me ha expulsado literalmente del terreno avisando a la guardia civil y declarándose "okupa" de la finca.
La guardia civil me informó que por el tema de los animales y que ha dejado pertenencias en dicha nave yo como propietario no tienen claro si puedo o no puedo acceder a la finca pues tampoco puede considerarse morada ( reseñar que el sujeto vive en una propiedad del pueblo de al lado a nombre de su mujer).
Por otro lado la guardia civil me indica que debo formalizar una denuncia por lo civil para que sea el juez quien dictamine o no el derecho sobre la propiedad.
Mis principales dudas son:
¿Puedo acceder al terreno con la excusa de ser necesaria las obras de adecuación? Como aclaración el terreno está vallado y dispone de candados instalados por el ocupante.
Se puede desalojar al “okupa “ al no residir allí y no ser utilizado por este como morada??
Como propietario soy responsable de cualquier daño que sufra el okupante por no estar en condiciones la edificación??
Gracias de antemano.
No es necesario que esa finca constituya el domicilio del poseedor. El ocupante puede seguir usándola y prohibiéndole a usted entrar en la finca, so pena de tomar las medidas habituales contra personas ajenas a una finca que entran sin permiso. El asunto, como le ha dicho la Guardia Civil, requiere de una orden judicial, es decir, que tiene usted que presentar una demanda contra el vecino ocupante. La clase de acción contra el poseedor de hecho de la finca (su vecino) dependerá de lo que usted tenga y del tiempo que haga que heredó, por lo que ha de ir a un abogado con sus documentos y cuanto sea necesario para iniciar las acciones legales. Y mucho ojo: esta clase de ocupaciones tienen como objetivo pedir la prescripción adquisitiva e integrar las dos fincas en una sola, bajo una sola propiedad, por lo que tendrá que comprobar desde cuándo posee la finca el vecino y si ha iniciado trámites en catastro o suministradoras. Ni se le ocurra entrar sin la orden judicial, o le morderán los perros.
Gracias Grisolía .
Entiendo el sarcasmo, (me morderan los perros) de que si entro en la finca me enfrento a algún tipo de demanda.
He interpuesto una denuncia por lo civil por lo que entiendo que el asunto tardará en resolverse.
Abusando un poco de su tiempo me gustaría preguntarle como una empresa de desocupación pueden montar un control en la puerta y no permitir el acceso y yo como propietario no puedo ejercer ningún tipo de acción.
Es a mi parecer surrealista.
No se le puede dar una valoración jurídica de la actividad de una empresa de desokupación, puede que le dé resultado o que acabe usted detenido por los delitos de coacciones y amenazas. Si ha demandado al vecino, siga el juicio por sus trámites. Ya sabe: hasta el más largo viaje empieza con un solo paso.