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oficios para ejecucion en el monitorio

3 Comentarios
 
Oficios para ejecucion en el monitorio
14/07/2008 10:29
Hola! solicité que se librara oficio para averiguación de cuantas cuentas bancarias una determinada mercantil fuera titular.El juzgado me dice que le indique a donde a de ir dirigido este oficio.
¿cómo debería hacerlo?... que se libre oficio al banco de España para la averiguaión de las cuentas de cualquier clase tenga abiertas en entidades de crédito ahorro o financiación? por ejemplo.
¿Que más oficios puedo pedir para la ejecución?
MUCHAS GRACIAS a quien me pueda contestar
perfil SE6
17/07/2008 09:31
Cuando pides Investigación Patrimonial del ejecutado conforme al Art. 590 LEC el Juzgado suele investigarlo TODO, y te manda una relación de bienes y Cuentas encontrados (normalmente, bastante difícil de entender). Pero es verdad que muchos Juzgados te piden que concretes los bancos o entidades donde quieres investigar, porque en ese caso dirigen OFICIOS al director de la entidad y es éste quien tiene obligación de suministrar la información.
En tu caso deberás indicar las entidades, por ejemplo: BBVA, CAM, Banco Santander, .....cualquiera que se te ocurra.
No olvides pedir que en el Oficio se indique la Orden de Retención del saldo favorable en cantidad suficiente para cubrir la cantidad adeudada.....
Un saludo.
17/07/2008 09:40
Deberás solicitar que se consulte telemáticamente si dispone de esta facultad el juzgado con la Agencia Tributaria para que te informe de los bienes y derechos del ejecutado, se supone que el monitorio ya ha pasado a ejecución.
En el caso de que no disponga de consulta telemática, solicita que se libre oficio a la Agencia Tributaria o bien a la Oficina de Averiguación Patrimonial, que es lo mismo pero a través del Juzgado Decano de la Población (dependerá de la ciudad y como esté organizado allí). No siempre se libran los oficios por el juzgado si no especificas las causas por las que crees que las entidades bancarias disponen de información del ejecutado (art. 590).
17/07/2008 10:18
Muchísimas gracias a los dos, he puesto lo que ambos me proponeis y a ver que contesta el juzgado.
La verdad es que no se porque distan tanto los pronunciamientos de un Juzgado a otro, en fin...Gracias de nuevo.