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Oficio de pruebas

2 Comentarios
 
Oficio de pruebas
18/03/2015 11:25
Soy un abogado recién iniciado y necesito saber dos cuestiones básicas:

1) En un procedimiento laboral si quiero llamar a testigos¿ tengo que comunicar sus datos personales al juzgado? ¿en que plazo?
2) ¿Es factible oficiar pruebas al juzgado para que una compañía de telefonía rescate los wasap para presentarlos como prueba documental? ¿Qué datos debo incluir en el oficio de pruebas?

Muchisimas gracias
18/03/2015 12:22
Hola Zoepatri:
Respecto a la primera pregunta, en mi opinión, hay testigos que se pueden presentar en el juicio sin necesidad de que el Juzgado los tenga que citar. Es decir, en el momento procesal de propuesta de pruebas, entre otras, puede aportarse la testifical de tal y cual persona. En otros casos, si interesa que alguien sea citado por el Juzgado para que asista obligatoriamente al acto del Juicio, entonces se solicita por escrito al juzgado, naturalmente dando sus datos( nombre y domicilio en donde citarle). Y con la antelación suficiente( mínimo 5 dias)
Respecto a los Whatsaps tendrias que ajustarte a los arts. del 90 al 95 de la Ley 36/2011 de 10 de octubre.
En tu lugar yo solicitaria al Juzgado, con bastante anticipación al acto del Juicio, que se interesase orden al la Compañía Tal.. o al organismo que procediera, a fin de que se remitiese a ese Juzgado la información consistente en el literal de los Whatsaps emitidos/recibidos entre los telfs. tal y cual, relativos al asunto ??, a fin de aportar datos aclaratorios sobre el pleito. O una redaccion similar.
Si no procede, el Juzgado te lo dirá y te tendrás que buscar la vida. De entrada el Juzgado deberá admitir como prueba el contenido de mensajeria de tu tel. móvil que aportarás al acto del juicio.
Espero tengas suerte.
18/03/2015 13:07
No sabes como te lo agradezco, me has servido de gran ayuda.

Un saludo