Vamos a ver: la OEP ha sufrido variaciones en su regulación a lo largo de los años. Actualmente, con el Estatuto Básico del Empleado Público, desde que se crea una plaza en la rpt hasta que ésta es ocupada definitivamente no deben pasar más de tres años, improrrogables. Habría que analizar la normativa de función pública de tu comunidad autónoma, por si acaso.
Acabo de leer en el BOJA que el Ayto. de Andújar (Jaén) convoca una plaza de la OEP de hace casi 20 años. Me gustaría que alguien me explicara cuál es el mecanismo jurídico-contable o financiero por el que se produce esto. Entiendo que la OEP debe ejecutarse con el presupuesto de ese año, ¿no? Saludos.