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Ocupación ilegal

6 Comentarios
 
15/01/2015 09:54
El establo no es la morada del ocupante. Dicho establo esta dentro de una finca rustica que se utiliza actualmente como pastos.El establo está en desuso.

Accedió rompiendo dos cerraduras tal como recoje atestado de la denuncia.

La finca no está adandonada, se realizan labores agrícolas, de foma puntual y ganaderas.

A día de hoy no puedo acceder al citado establo ya que han cambiado cerraduras.
15/01/2015 00:34
El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.
Y si ese establo es la morada de ese señor?
lo ocupo rompiendo algo?
vd lo tenia abandonado?
no es tan sencillo
14/01/2015 14:13
Me han dicho que si el "ocupa" alega un derecho de propiedad es una causa civil. Supongo que si no puede presentar documentación que lo demuestre podría actuar por lo penal, artículo 245. ¿Me equivoco?
14/01/2015 08:32
Sí, tiene que esperar a que lo autorice el juzgado, y sí podrá reclamar daños y perjuicios, aunque habrá que estar al tipo de propiedad, el uso de la misma, el tiempo de ocupación y demás para calcular esos daños.
13/01/2015 17:35
La denuncia está puesta. Pero me han recomendado que no acceda a mi propiedad forzando la cerradura que han puesto. Tendré que esperar que el juzgado me autorice...?? Podré pedir daños por el tiempo que estaré sin poder entrar a mi propiedad...??
13/01/2015 11:52
Hombre pues yo veo un allanamiento de morada como una catedral. Ponga una denuncia aportando copia de las escrituras de la propiedad.
Ocupación ilegal
13/01/2015 09:43
Hola a tod@s.
Me encuentro ante este problema. Un señor a irrumpido en una finca de mi propiedad, hecho que he denunciado. Se ha instalado en un paraje en un antiguo establo forzando una puerta y cambiando cerradura. Me he personado con la guardia civil para que lo identificara y ha alegado que ese determinado lugar le pertenece junto a sus hermanos. Esto no me preocupa ya que puedo acreditar la propiedad con absoluta solvencia ya que es una herencia de mis abuelos y está al día en el Registro de la propiedad.
Mi pregunta es:
la cerradura puedo forzarla y volver a cambiarla o tengo que esperar por el juicio y pedirle una indemnización por los días que no he podido entrar a mi propiedad. La guardia civil me ha dicho que es un tema civil y han dejado caer que no los moleste más por el mismo asunto.

Espero vuestras opiniones.
Saludos.