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Obtener la nacionalidad española

6 Comentarios
 
03/11/2018 14:40
Condedecartagena
En primer lugar gracias por su respuesta, en segundo lugar de momento creo tener todos los requisitos exigibles por la ley, ya he realizado envíos de dinero y comida durante mas de un año y medio, tenemos todos los documentos que acreditan el vinculo y cuento con los medios económicos. A demás en el país de origen le están emitiendo una Carta de Expensas, donde justifican legalmente que no tiene trabajos ni ingresos mas que los enviados por mí.

En tercer lugar y la pregunta en cuestión (creo que no me entendió la primera vez); es que él debe entrar a España como familiar comunitario, es decir mostrando todos los documentos que acreditan su situación y que viene a reunirse conmigo su hermano Español?. Qué pasa o puede suceder que el oficial de fronteras le solicite algún otro documento? como por ejemplo la carta de invitación? aunque he leído que no hace falta.... Tiene usted conocimiento de casos de este tipo?
Porque mi temor es que no lo dejen entrar siendo familiar de ciudadano de la union y le pidan mas documentación.

Gracias otra vez y la labor que realizan es impagable.

Un saludo.
03/11/2018 13:49
Carhemy
Hola:

Respecto de los hermanos, que entran dentro de la llamada "familia extensa", regulada por el art. 2.bis del Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, es importante tener en cuenta que, para que pueda serle concedida la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión ha de cumplirse alguna las siguientes condiciones:

- Que, en el país de procedencia, estén a su cargo o vivan con el ciudadano de la Unión.

- Que, por motivos graves de salud o de discapacidad, sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo del cuidado personal del miembro de la familia.

Sobre el concepto de vivir a cargo, hay que tener en cuenta que se trata de uns situación de hecho, pero que sin embargo no basta la mera declaración o compromiso, sino que debe quedar suficiente y satisfactoriamente probado que se le ha enviado dinero de forma regular durante, al menos, los 12 meses inmediatamente anteriores y que además ese dinero constituye recurso necesario y no prescindible para su sustento en el país, por no contar en él la persona con fuentes de ingresos o si las tiene, que resultan insuficientes para atender a sus necesidades. Es en esto último donde toca mucho hacer hincapié: la prueba de que la persona no cuenta con otras fuentes de ingresos en su país, por ejemplo, que no ha tenido ni tiene un trabajo estable por cuenta ajena o propia y que tampoco tiene patrimonio que le genere rentas o aun en caso de tener trabajo o patrimonio, lo que le genera resulta insuficiente.

La carta de invitación no es recomendable que la haga si la intención es que la persona se quede en España como familiar de ciudadano de la Unión. Si le preguntasen por alojamiento, en su lugar podría presentar reservaciones en hoteles, que resulta más práctico ( no tienen que ser hoteles de lujo, basta con que sea un alojamiento económico como puede ser un hostal o una pensión) y la cantidad de dinero mínima : 73,59 euros por persona y día, con un mínimo de 662,31 euros o su equivalente legal en moneda extranjera.

Un cordial saludo
02/11/2018 12:01
Condedecartagena
Buenos días; Condedecartagena me gustaría su opinión sobre la siguiente cuestión..... Mi hermano viene a España como familiar de comunitario, soy español y deseo reagrupar por el régimen de familia extensa.
Creo cumplir todo los requisitos exigibles (recursos económicos, documento notariado donde me comprometo hacerme cargo, seguro medico, partidas de nacimiento para demostrar el vinculo, recibos que demuestran el envío de comida, medicina y dinero al país de origen de al menos año y medio, mi empadronamiento, copia certificada de mi DNI, y pasaporte y otros) Mi pregunta en cuestión radica en la entrada a España, ya que, se que el debe venir con todos los documentos en mano y decir que vine a reunirse con su hermano que es comunitario, pero que pasa si el oficial de fronteras le exige carta de invitación? o le solicita algún otro documento que no trae mi hermano en mano?.
Básicamente quiero saber cómo seria su entrada y las posibles complicaciones que puedan surgir.
Nota: viene de un país que no necesita visado para entrar a España.
29/10/2018 21:25
Msrivezza
Hola :

Primero debe ser establecida su filiación respecto de la persona de nacionalidad española. Puede presentar una demanda de paternidad aunque ya haya fallecido. Una vez que haya sido declarada judicialmente hija de una persona de nacionalidad española, nacerá para usted la facultad de optar por la nacionalidad española de origen, la cual caducará en el plazo de dos años, contados a partir de la firmeza de la sentencia judicial que la declaró hija de la persona de nacionalidad española.

Un cordial saludo.
28/10/2018 17:05
Eli84
Hola soy mari, mi padre es español, mi hermano obtuvo la nacionalidad por esa via pero yo no llevo su apellido, el no me reconocio como su hija, el fallecio hace algunos años solo quiero saber si hay alguna posibilidad de obtener algun documento?
21/09/2018 14:34
Eli84
Hola:

Para responderle adecuadamente es necesario conocer:

1.- Si, efectivamente, es residente legal en España y desde qué fecha.

2.- Su nacionalidad.

Actualmente el trámite de adquisición de nacionalidad española por residencia se lleva a cabo, exclusivamente, por vía telemática, en la página web del Ministerio de Justicia.

Un cordial saludo.

Un cordial saludo.
Obtener la nacionalidad española
21/09/2018 09:22
Hola Soy Eli y llevo en España 11 años y me gustaría obtener la nacionalidad española, mi pregunta:Que tengo que hacer?