¿Puede una persona, obtener información de una entidad bancaria, de la cuenta corriente de un familiar allegado?.
Esa persona ha obtenido los 20 dígitos de la cuenta corriente de ese familiar (recien abierta la cuenta).
¿Que responsabilidad tiene la entidad bancaria?.
¿Se podría saber que empleado de la entidad bancaria, ha facilitado esa información a persona distinta del titular de la cuenta?.
Me extrana que el banco, con lo pesaditos que estan con la ley de proteccion de datos, le hayan facilitado el numero de cuenta de otra persona. Para acceder a este deben ver el DNI y meter los digitos en el ordenador, no se saben los numeros de cuenta de memoria ni los tienen por ahi pegados en post-its.
O el sujeto ha birlado el DNI a su familiar y se ha ido al banco a sacar informacion (y menos mal que solo informacion), o ha sacado el numero de cuenta de la documentacion que tenia su familiar en casa, en la cartera... En ambos casos el banco no tendria culpa, sobre todo si en la foto del DNI ambos familiares se parecen.
A lo mejor se me escapa algo (que el familiar tenga un apellido realmente raro, el sujeto tenga confianza con el del banco y le haya convencido para meterse en el sistema informatico solo con el apellido, vete tu a saber). Si fuera asi, Ley de Proteccion de Datos, contra la sucursal.