Realmente no me había enterado. No obstante y después de examinar dicha Ley y comentarios en la red, puedo decir que "los hijos deben ir acompañados de su padre y su madre, que firmarán un documento otorgando su consentimiento junto con el funcionario que haga los trámites. En caso de que uno de los dos titulares de la patria potestad sobre el pequeño no pudiera personarse, el otro progenitor deberá presentar acta firmada ante notario del progenitor ausente expresando el consentimiento para la expedición del pasaporte de su hijo. El acta notarial deberá acompañarse a la solicitud de pasaporte".
La de Junio de este año, mejor dicho un real decreto, en el que decian que tienen que comparecer ambos progenitores "¿a la vez ?" , junto al menor para poder hacer el pasaporte.
Estoy hablando de parejas divorciadas, claro.
Y mi pregunta concreta es : ¿ tienen que presentarse los dos en el mismo acto, o puede el no custodio ir a un notario y mandar dicha acta, ya que reside a muchos klm. del menor ?