Como se trata de una alteracion de un elemento comun ha de pedir permiso y la mayoria que se necesita es la unamidad.
Le puede denunciar la junta y cualquier vecino que se sienta afectado y la denuncia la puede hacer tanto al ayuntamiento por no tener licencia de obras como al juzgado por obras inconsentidas.
Si la comunidad no lo denuncia con el paso de los años se considerara que ha dado su permiso tacitamente , al cabo de cuatro años este delito prescribe para urbanismo y ya no se le podra denunciar.
Gracias Mallorca II, en principio la comunidad no se niega a la colocacion del armazon, y si me apuras hasta resulta bonito esteticamente, pero concurren tres problemas:
1. las vigas que soportan el toldo corredero las ha colocado a 1 metro de las ventanas del piso superior, con la inseguridad que eso conlleva (entrada de cacos por las ventanas).
2. el vecino en cuestion ha realizado dicha obra por sus coj.... sin avisar a la junta de gobierno y diciendo que el no tiene por que pedir permiso a nadie para hacer lo que quiera en su casa.
3. la terraza en cuestion no es suya sino comun de uso privativo por lo que entiendo que se debe regir por todo lo concerniente a zonas comunes en la L.P.H. respecto a votaciones, mayorias, etc.
por otra parteel resto de vecinos con terraza en los bajos, han colocado o bien toldos, como en una ventana pero mas grandes, o bien pergolas portatiles, que cubren en su totalidad sus necesidades de sombra e intimidad.
P.D. Sigo preguntando ¿que opinais sobre si debe pedir permiso en junta? y de ser asi ¿que mayoria necesita?
Hola,
pues veras, en mi finca, tambien tenemos las plantas bajas unas terrazas traseras privadas, en las cuales hemos instalado un armazon de aluminio blanco con unas lonas correderas, osea un toldo. Nuestro ayuntamiento prohibe que se instale cualquier cosa que vaya fija a la fachada como dichos toldos, pero a ningun vecino le ha molestado que pongamos los mismos y tengamos un poquito de sombra. Supongo que es cosa de cada uno. Pero por normativa, en mi ayuntamiento esta prohibido que en las terrazas traseras sobresalga de la fachada cualquier elemento que no sean las bajantes del agua y las tuberias de la finca. Osea todo, tanto los tendederos, aires acondicionados... Asi que supongo que una cosa por la otra.
Un saludo y espero haberte ayudado.
Hola a todos:
La cuestion es la siguiente, vivo en un edificio que en su perimetro coge toda una manzana, en el interior existe un patio comun de unos 2000 metros cuadrados y tambien los bajos tienen un trocito de patio cada uno, vallado de unos 70 metros cuadrados, declarado como de propiedad comun y uso privativo, pues bien ahora uno de ellos ha realizado unas obras consistentes en un armazon de hierro anclado al suelo y a la fachada, dicho armazon sobresale como 1 metro por encima de la valla, y suponemos que colocara o bien unas lonas o bien un techo movible de metacrilato o algo asi. Mi pregunta es: ¿deberia de haber pedido permiso en junta de propietarios para realizar dicha obra, pues se trata de una zona comun y que ademas altera la fachada? o al tratarse de una fachada interior no se tiene en cuenta que no puede alterar la fachada, etc.