Demasiado Orfidal.
¿La Junta puede decidir que los vecinos, en su casa, no pueden escuchar música clásica?
¿La junta puede decidir que ningún vecino puede cocinar sardinas en su casa?
¿La Junta puede decidir que todos los vecinos, en su casa, deben vestirse de verde?
En su casa, la comunidad no puede prohibir que se hagan obras en verano.
Arv1/fontanero:
Desde cuando puede la comunidad limitarme realizar obras en mi vivienda?
Las obras en mi vivienda, las realizo, cuando crea conveniente
Faltaría más
Prohibir es un concepto bastante grave. Quizás se acordaría recomendar. De todas formas si un vecino tuviera la necesidad de cambiar el cuarto de baño en Agosto, que sanción o acometida legal le impondrían?
La junta es soberana y puede tomar los acuerdos que consideren necesarios para la habitabilidad, el confort y la buena vecindad siempre que no perjudiquen a terceros, pero hay situaciones y situaciones y creo que más que prohibir, fuera una recomendación en beneficio de todos. Aquí también el administrador (en caso de haberlo) también debería jugar la baza del asesoramiento.
La Comunidad puede decidir no realizar obras (comunitarias) en verano, para no molestar a los vecinos, si lo considera oportuno. No puede, en cambio, limitar el derecho a hacer obras en los elementos privativos, otorgado por la Ley de la Propiedad Horizontal en su artículo 7.1.
En todo caso, para ser viable, el establecimiento de una norma de ese tipo debería aprobarse mediante un acuerdo unánime (por lo cual no tendría detractores).
Lógicamente, esas obras privativas deberán realizarse respetando cualquier normativa municipal al respecto (licencia incluida) y, en especial, los horarios de descanso. Asimismo, deberá garantizarse que no afectan a elementos comunes ni a la seguridad del edificio. Además, deberán ser puestas previamente en conocimiento del Presidente de la Comunidad.
La junta como órgano supremo de la comunidad puede tomar cualquier tipo de decisiones siempre que atente contra la habitabilidad comunitaria. Y sí se ha tomado ese acuerdo es por ese motivo. Cuestión distinta es que aparezca una avería urgente y se tenga que atender, pero todo lo que no sea urgente, la comunidad tiene potestad de acordar lo que estime más conveniente para el bienestar de sus ocupantes.
Por ejemplo: pintar la fachada se puede hacer fuera de esos meses, etc...
Puede una comunidad de vecinos prohibir hacer obras particulares, reformas, en un piso en determinados meses del año.?
El caso es que en la urbanización del apartamento de la playa, en la cual hay 5 bloques y zonas comunes y para no molestar en verano, se han prohibido las reformas en junio, julio, agosto y septiembre ¿es eso legal?