Soy Presidente de mi comunidad y estamos pensando en realizar obras en la fachada (reparar grietas y pintar), en el tejado (cambiar la cobertura) y en el portal y escalera (pintar).
Me surjen las suguientes dudas:
1. Creo entender que la LPH dice que si son obras necesarias es obligación de la comunidad realizarlas; pero, que se entiende por obras necesarias y quien decide ese término?.
2. Si no son obras necesarias, cual debe ser la forma a seguir para llegar a una acuerdo? Que porcentaje debe votar que sí, y que pasa con los que votan que no? No pagan y disfrutan de las reparaciones? Entonces nadie votaría que sí, no?
3. Que se entiende por mayoría absoluta, simple, etc...
4.EL reparto de gastos se hace en función de los porcentajes?
Muchas gracias de antemano
si tiene grietas, son obras necesarias, si tiene goteras o el tejado esta en mal estado y puede producirse por ello alguna averia son obras necesarias.
SI el portal y las escaleras tiene sucias las paredes son
obras necesarias, por motivos de salubridad.
Y el reparto de gastos se hace en funcion de los coeficientes