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obras de conservación

2 Comentarios
 
05/07/2006 09:53
Muchas gracias por la informaciòn.
Saludos.
03/07/2006 12:40
Hola, Juanita:

Si la repercusión está bien aplicada, corresponde a la legislación, y se hace figurar en el mismo recibo que la renta, como debería ser, lo que puede hacer el arrendador si no puede impedir que el inquilino abone parcialmente sus obligaciones (caso del pago por banco, por ejemplo) en instruir una demanda por falta de pago de rentas en la cual argumenta que la cantidad ingresada por el inquilino corresponde a la repercusión legal por obras en su totalidad, y parcialmente, lo que sobre, se computa como pago parcial de renta, con lo cual ésta no habrá sido satisfecha en su totalidad.

Si el propietario no pudiera garantizarse por medios normales el correcto cobro de todas las cantidades deberá además, en la demanda, incidir en su indefensión frente a la actitud presumiblemente injustificada, o de fuerza, del inquilino al negarse al pago.

Quede claro que para el éxito de esta opción la repercusión debe cumplir todos los requisitos legales, en tal forma que no pueda ser contestada en demanda por el arrendatario (mejor dicho, si la contesta, que es lo más probable, que no tenga razón).

Te ayudará mucho incluir en recibos sucesivos un requerimiento de pago de la cantidad parcial de renta no satisfecha, en el caso de que le entregues el recibo en mano, o enviárselo por burofax si paga por banco.

Es evidente que se debe pedir el deshaucio, pues la demanda se argumentará sobre falta de pago de renta, aunque ésta lo sea en forma parcial.

Consultalo con un buen abogado.

Espero haberte sido de ayuda.

Saludos.
Obras de conservación
03/07/2006 10:34
Se trata de un piso alquilado de "renta antigua". Hay que hacer unas obras de conservaciòn en dicha vivienda. El arrendador asume el coste de las obras y posteriormente repercute su coste en cuotas mensuales al arrendatario. Si este no realiza el pago de dichas cuotas, pero si realiza el pago de la renta, ¿què puede hacer el arrendador?. ¿En què momento puede emprender acciones judiciales?. ¿Dichas acciones pueden ir encaminadas al deshaucio al entender el impago de dichas cuotas como cantidades asimiladas a la renta?.