En el caso de que no se produzcan mas opiniones en el foro, te aconsejo que soliciteis de un Abogado asesoramiento al respecto. No resultará tan cara dicha consulta.
Art. 9.1 de la LPH
Son obligaciones de cada propietario:
a) Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualesquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos.
b) Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder.
c) Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble ... teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados.
d) Permitir la entrada en su piso o local a los efectos prevenidos en los tres apartados anteriores.
Por tanto, entiendo que el propietario puede solicitar de la Comunidad el resarcimiento de los perjuicios que se le ocasionen con el cierre de la cafatería durante el tiempo que dure la obra dentro de su local. (Por ejemplo una opción: cita con el propietario y que documente la caja diaria o mensual que hace y sabiendo los dias que dure la obra pagarle la comunidad propòrcionalmente).
Si no se llega a un acuerdo porque dicho propietario abusa, dejar las cosas bien claras: denuncia ante el Ayuntamiento de toda la situación: carece de las preceptiva licencia de actividad y entorpece obras necesaria para la seguridad del edificio.
Tambien puede la Comunidad ademas de denunciarle por falta de licencia de actividad, por otro lado acordar demandarle civilmente y que un Juez decida. Se me ocurre que un Juez pueda decidir incluso que no haya que resarcerle de perjuicio alguno puesto que la obra afecta a los pilares del edificio y él mas que un perjudicado realmente tiene el deber de consentirla ademas de beneficiarse de la misma.
¿Consejo? acudan a los Tribunales, el problema es su lentitud en caso de que las obras sean realmente urgentes.
Espero que reciba mas opiniones. Tenganos al tanto de sus gestiones.
Hola compañeros, a ver si me podeis ayudar,os explico el tema; una comunidad de propietarios tiene que realizar obras necesarias en los pilares del edificio, algunos de los cuales están sitos en un local destinado a una cafeteria (la cual he podido constatar que no tiene licencia).Entiendo q debo al menos alquilarle un local para guardar sus enseres, pero resulta que quiere un local habilitado para poder seguir desarrollando su negocio.Que me aconsejais?Que puedo alegar?Gracias