Quizas no me he expresado bien es una URBANIZACION, con todos los servicios urbanos (alcantarillado, luz, agua, etc.), con unas 500 parcelas de 2500 m2.
si el suelo es urbanizable (no es urbano, sino urbanizable), en principio no le veo demasiado problema a que su vecino haga un gallinero-palomar
los 25 metros de largo ya es otra cosa, pero, de momento y al margen de documentación y condiciones, son instalaciones propias del suelo rústico y del suelo urbanizable
el tema de la distancia a su terreno, 40 cm, es posible que no tenga solución en el ámbito urbanístico si no están reguladas las condiciones de los elementos de las explotaciones agríco-ganaderas, y quizá tenga que recurrir a la vía civil, en la que tal vez pudiera justificar los perjuicios que le causa ese gallinero-palomar en razón de su ubicación
Mi caso es el siguiente: tengo un terreno urbanizable en Madrid, con vecinos colindando a 3 lados de mi terreno, uno de mis vecinos ha hecho una construccion (gallinero-palomar) de unos 25 metros de largo y a una distancia de mi valla de unos 40 cm., he hablado con el y me ha dicho que ya esta hecho y lo deja asi. He ido al ayuntamiento he hablado con el arquitecto municipal y he hecho 2 escritos (incluyendo fotos)con cinco meses de diferencia, entre uno y otro. No obteniendo ninguna contestacion por parte del ayuntamiento. Mi pregunta es que pasos puedo dar para solucionar este problema.