Tengo un atico en Sevilla capital. En un lado la vivienda tenía una puerta de cristal que daba a la azotea y en el otro lado las ventanas de dormitorio y baño y otra puerta á las que tambien podría tener acceso cualquier persona ajena a mi propiedad. Hace 29 años le añadí (construyendo sobre espacio de azotea común) un cuarto de unos 6 m2 sin permiso por escrito de la comunidad (solo verbal) y por el otro lado construí un murete de un metro de alto para impedir el acceso físico o visual a mi vivienda. También había una caseta para el perro.
En agosto de 2007 subí en altura la caseta del perro convirtiendola en un trastero.
Aunque se que esas construcciones no estan legalizadas, quisiera saber si, al haber pasado ya mas 25 años en el primer caso y más de cuatro desde que subí en altura la caseta del perro, estas construcciones podrían considerarse consolidadas ya que ahora, al cabo de los años, algunos vecinos pretenden su demolición o, al menos hacerme pagar gastos comunes por los metros reales que disfruto y no por los escriturados.
Tengo entendido que en Sevilla, pasados 3 años se consideran consolidadas y no me pueden obligar a demolerlas, pero quisiera una opinión profesional.
Gracias
Las obras ilegales como las que menciona por regla general prescriben a los 15 años, pero hay sentencias y sobre la jurisprudencia que indica que los Jueces cuando han pasado 6 o 7 años, sin que la comunidad haya hecho nada para denunciar el hecho, lo dan por prescrito por Consentimiento Tácito.
Así que la primera obra estaría prescrita de la segunda no, la comunidad podría denunciarle y conseguir su demolición.
En cualquier caso sus vecinos propietarios han sido muy benévolos con usted, ya que se ha pasado siete pueblos construyendo en zona común, totalmente prohibido por la Ley.
Opino que los casos de prescripción en este caso, es muy difícil de demostrar. No se admiten facturas como prueba ni declaraciones de testigos. Suelen admitir acuerdos por unanimidad reflejados en actas, y actas fotos notariales. Lo tiene complicado.
No puedo contestarle respecto a si le obligaran a demoler o no, pero es de logica y sentido comun, que cuando menos le obliguen a pagar los gastos de comunidad por los m2 que ocupa realmente.
Gracias, Oliaigo. Ya me he informado en notaría y en ayuntamiento: solo se pagan gastos comunes sobre el coeficiente y éste es el que indica escritura.
Solo en caso de que me cedieran (escriturado) daría lugar a nuevo coeficiente.
Hola puede prescribir a los 10, 20, ó 30 años.
Al ser zona común es mas complicado.
Al tratarse de un tema inmobiliario el consentimiento tácito es mas complejo por no ser Vd. es propietario único.
Estoy de acuerdo con josembaigorri, son benévolos sus vecinos. Tenga en cuenta que ha realizado obras en zona común, y los acuerdos verbales no se pueden demostrar.
Si se lo cedieran habría de ser por "unanimidad" y registrarlo en el Reg. Propiedad, y les asignarían a todos el nuevo coeficiente, Vd. pagaría mas y sus vecinos menos.
En las propiedades horizontales hay que respetar los derechos de los demás,
Hola Miguelaje
Mi caso es identico al tuyo,,,, como lo resolviste al final.
Como pudiste demostrar que estaba consolidado,,,?
A ver si tengo suerte y ves este mensaje,,, Gracias y Saludos