Buenos dias, os pongo en situación.
La comunidad el año pasado autorizó la instalación de gas natural en la urbanización, solo lo vamos a instalar 8 vecinos de 32 pero la instalación se aprobó en junta.
Ahora, dicen que tras la instalación de los tubos han dejado mal un camino, claro los que se quejan no van a instalarlo, y que no van a dejar acabar la instalación hasta que no lo arreglen.
En la empresa dicen que es una subcontrata, por lo que tienen que reclamar a la subcontrata y dejar finalizar las obras.
Yo, he realizado obras en mi vivienda para preparar esa instalación, ahora me dicen en la comunidad que como no van a dejar ponerlo me las apañe.
¿Que puedo hacer? Ya estaba votado, tengo toda la instalación montada y ahora tengo que reventar la cocina para adecuarla a otra. ¿Puedo reclamar el dinero de la nueva instalación a la comunidad?Ya que ellos lo están paralizando y ya estaba votado en junta.
Gracias
Ese tipo de permiso no puede echarse para atras.
Los que se quejsn han contribuido a la instalación?
El que un camino no se haya dejado en condiciones, no pueden parar una obra, lo que pueden hacer es que cuando acaben la obra si el camino no queda en condiciones, no abonar el resto.
La subcontrata de quien es de la empresa, verdad?
Pues el problema es de ellos
Hay que ir con cuidado cuando se dice que si algo se puede o no se puede hacer. Porque hay muchas cosas que aunque no lo parezca se pueden hacer, solo que tienen consecuencias.
En su caso, la comunidad puede convocar junta y aprobar un acuerdo paralizando o directamente desautorizando la instalacion que habia antes aprobado?. Si que puede.
Ahora bien, dado que esa decision le va a usted a provocar un perjuicio irreparable (economico) puede usted solicitar via judicial bien la impugnacion de ese acuerdo o bien que la comunidad lo indemnice economicamente (aqui dejese guiar por su abogado).
Deberá logicamente probar ese perjuicio (facturas, etc)
Al margen de esto, la responsabilidad del cumplimiento de lo acordado en la obra con la empresa que contrato la comunidad, es de ese empresa. Si esa empresa a su vez subcontrata, responde ella de lo que hace su subcontrata.
Despreocúpate del tema de pagar abogado y procurador, en estos casos en civil, te saldría gratis (no de entrada) porque el que pierde tiene condena en costas luego acabaría pagando la comunidad tu abogado y tu procurador.
Por supuesto que una autorizacion de una obra se puede echar para atras, siempre y cuando al menos existan dos circunstancias.
1 que se apruebe en junta la revocación del permiso sin que siga existiendo mas de 1/3 de los que lo deseen, o sea que los 2/3 restantesen en la misma junta digan que no, dado que el voto de los ausentes no es computable
2 que la obra no se haya empezado y desde luego que la excusa no sea como han dejado el camino
Entonces si mal no entiendo, como ya se ha empezado a ejecutar la obra que son tres fases y quieren parar la tercera no pueden? Aunque lo hayan votado de nuevo los que no lo han contratado? Bueno votado, han dicho se hace un escrito y no han dicho más. Eso en que ley está para yo respaldarme en ella?
Gracias
le pregunté que de quien era la contrata y no ha contestado
todo lo que no se apruebe en junta no sirve para nada
bajesé la ley propiedad horizontal articulo 17
las obras no las contrata los que votan que si, las obras las contrata la comunidad y el presidente firma el contrato
es que ustedes no tienen un administrador?
Vamos a ver, la obra la ha contratado la comunidad con Nedgia. Son 3 fases, y cada fase la hace una subcontrata de Nedgia. Pregunto porque el administrador sólo dice si a la comunidad y no informa de más. Yo necesito saber con que puedo “contraatacar” porque me están haciendo la obra imposible. Ahora no puedo vivir ahí, porque se ha hecho una obra amoldada al nuevo gas y lo han paralizado los vecinos. Por eso quiero saber en donde me puedo respaldar.
Indico que en primer momento la obra se autoriza, comienza la obra, la 1 y 2 fases echas, en la 2 dañan según ciertos vecinos un camino y dicen de parar la obra hasta que lo reparen.
Digo dicen porque se dijo en la reunión, y dijeron al administrador haz un escrito y ya. El señor presidente vive ahí, para él está el camino perfecto pero no va a ir en contra de la comunidad , eso dice.
En esa comunidad lo que digan los 4 de siempre y los pocos que van a las juntas es lo que se hace. Ami me están haciendo la obra imposible por lo que me tengo yo que buscar las cosas, por eso he decidido preguntar a ver si de alguna manera les puedo replicar.
Pero esos vecinos donde dijeron de parar la obra?
En una junta y que figuraba en el acta de convocatoria, o en el bar de la esquina?
Si en su comunidad se hace lo que siempre dicen cuatro, pues que a las juntas acudan ocho que digan lo contrario.
Todo lo que ocurre en una comunidad es por dejadez de los propietarios, dejemos ya de acusar a los propietarios que acuden siempre los mismos a las juntas y aprueban las cosas
Yo no echo la culpa a nadie de que se haga lo que dicen los de siempre porque como son los antiguos no se les lleva la contraria pero ya he llegado yo para parar eso.
En un momento de la junta se dijo: y lo del gas? Hay que hacer un escrito para que no se haga más hasta que no arreglen el camino, el administrador tomó nota y ya no se dijo más.
Si yo me puedo amparar en el anterior artículo lo miraré y veré que puedo hacer porque esto es un pozo sin fondo.
No hay derecho a lo que se ha votado a mitad de esa ejecución se pare. Yo que he acondicionado la obra de mi cocina para esa instalación ahora que?
Me voy a volver loco al final.
Usted si ha dicho:
En esa comunidad lo que digan los 4 de siempre
Para llevar la contraria es necesario hacerlo con razón y con conocimiento de la LPH.
en esa junta no se ha votado nada del gas, lo primero porque no figuraba en el orden del día y segundo porque no hubo votacion alguna (aunque ésta seia ilegal)
Mande burofax al presidentey le indica que si en el plazo de una semana no se retoma la obra acordada en votacion, emprenderá las acciones judiciales contra el por dejadez de funciones y paralizacion de la obra sin ser aprobado en junta
Mire que facil es
Entro solo para aportar algo mas y que pueda servirte para aclarar algunos puntos de tu tema.
Hay dos partes para aclarar, la LPH y la instalación del gas.
La LPH.
La instalación del gas esta aprobada por la comunidad en junta, y la junta no debe pararla, y digo DEBE, porque poder si se empeñan lo intentaran, por ejemplo convocando una nueva junta, e intentar revocar el acuerdo sobre la instalación que no tendría validez.
1 Porque la obra esta comenzada.
2 Porque ocasiona un perjuicio no solo a unos propietarios, sino a la propia comunidad (lo aclaro *).
Sentencias de AP. Madrid, Barcelona, Alicante, Valencia, Asturias (Gijon) y otras.
(*) Los servicios jurídicos de la empresa instaladora, entablarían un pleito contra la comunidad pidiendo daños y perjuicios, eso lo deberían saber los ignorantes opositores, y el principal "cabeza de turco" seria quien firmo la instalación del gas, verbigracia: el Sr. presidente.
Lo que si es licito, es que una vez terminada la instalación del gas, la comunidad reclame a la empresa instaladora que deje en debidas condiciones los elementos comunes o privativos que fueran dañados.
PUEDE LEGALMENTE LA COMUNIDAD PARALIZAR LA INSTALACIÓN, NO.
La instalación del gas:
No se como funciona en tu caso, antes a la empresa suministradora no se le pagaba una peseta por la instalación de las tuberías de la calle hasta el contador de las viviendas, al hacer el contrato cada propietario pagaba su parte de lo que se llama ACOMETIDA, es la tubería que va desde la llave suministradora al contador, pagaban su parte de la acometida, cada uno de los propietarios que optaban por el servicio, y los que no lo querían lo pagarían cuando la vivienda solicitara el suministro.
No voy a entrar porque no se como lo hacen en tu caso, pero esta claro que no podíamos considerar la instalación como un elemento comun como afirma algun administrador de fincas, si lo seria si la instalación la hace el promotor, es algo parecido a la instalación de fibra óptica en una comunidad que no la tiene, no es obligatorio instalarla en las viviendas, la empresa instaladora pedirá permiso a la comunidad, y no cobra nada a esta desde la calle hasta el modulo central.
No creo que 8 propietarios de una comunidad puedan sufragar la instalación del gas a la comunidad, seria un coste muy alto, pienso que el contrato de la instalación sera parecido al caso que narro. creo yo.
Escribes:
"tengo toda la instalación montada y ahora tengo que reventar la cocina para adecuarla a otra. ¿Puedo reclamar el dinero de la nueva instalación a la comunidad?Ya que ellos lo están paralizando y ya estaba votado en junta".
Creo que te has puesto la venda antes de la herida, lo primero es que tengas puesto el contador que se suele colocar en la ventana de la cocina, la misma empresa o un fontanero que tenga el carnet de instalador, te hará la instalación de los tubos hasta la caldera o la cocina si es de gas, cuando te rellene el boletín de la instalación, tendrás que solicitar el suministro del gas.
La pregunta del millón: ¿Puedo reclamar el dinero de la nueva instalación a la comunidad?:
Según mi modesta opinión, NO PROCEDE.
Te has adelantado, no obstante si la instalación te la ha hecho un fontanero instalador, valdrá igual cuando te den el gas, que seguro lo tendrás siempre que les digas a tus ignorantes copropietarios, que su postura es como el que juega con fuego, seguro que se quemaran.