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¿Obligatorio procurador en demanda ejecutiva de jura de cuentas?

4 Comentarios
 
¿obligatorio procurador en demanda ejecutiva de jura de cuentas?
24/05/2010 14:13
Hola compañeros,
me han admitido una jura de cuentas como abogado (el cliente no me ha pagado) una vez requerido el demandado éste no ha pagado por lo que el juzgado me ha dado traslado de una provisión por la que procede ejecutar los bienes del deudor. Me han dicho en el juzgado que dado que yo presenté el escrito de jura de cuentas como abogado sin procurador, puedo formular demanda ejecutiva sin necesidad de procurador. ¿Es cierto, o luego me puedo encontrar con una nulidad de actuaciones por no haberla tramitado con procurador?
perfil ABQ
24/05/2010 14:49
No creo que sea necesario procurador, ni mucho menos cabría nulidad, ya que sería subsanable.
24/05/2010 14:55
Muchas gracias ABQ por tu pronta respuesta.
24/05/2010 21:02
No te hace falta, no te preocupes, es una ejecución especial. Mirate el art. 35.3 LEC.
Un saludo.
27/03/2014 14:45
para interponer recurso de reforma contra jura de cuentas es necesario abogado y procurador?