Sí Papino. Se trata la aprobación del acuerdo para tramitar las altas del edificio para favorecer su ocupación (Luz, vado, NIF comunidad, etc ...). Tras más de tres meses, no se ha tramitado ninguna alta del garaje (la promotora sólo ha vendido mi plaza).
Es decir, el problema es que no hay constituida NINGUNA comunidad de propietarios, jamas se ha tenido Junta constityente po similar que nombbre Junta de gobierno y autorice a silicyar CIF, CCC, vado, etc... ¿es eso?.
Pues entonces olvídese de demandar a alguien porque legalmente "NO EXISTE" ese alguioen.
Directamente convocaría a los vecinos a una Junta constituyente así sin mas, citando la reunion para el dia xxx, constituir la comunidad, nombrar órganos de gobierno y aprobar los trámites para el inicio de la comunidad dentro del marco legal...
La comunidad está contituída, y el acuerdo adoptado. Pero no se ejecuta porque el propietario mayoritario es el promotor y no va a hacer uso de las plazas de garaje, por lo que quiere evitarse ese gasto.
El Promotor NO ES EL PROPIETARIO MAYORITARIO, pues no tiene sino UN ÚNICO VOTO con la suma de los coeficientes de sus propiedades.
En cualquier caso, si está ejerciendo de Presidente tiene la obligación de cumplir los acuerdos.
Tendrían que ponerse de acuerdo un grupo de propietarios QUE TENGAN LA VOLUNTAD de denunciar ante el juzgado, la dejación del Presidente-Promotor en sus funciones. En el juicio se podría alegar tener intereses contrapuestos.
En cualquier caso, una vez obtenida la voluntad de varios propietarios, lo primero sería hacer la consulta con un abogado sobre el posible exito de la demanda.