queria hacer una pregunta a ver si alguien me puede ayudar, hoy me hacen trabajar en mi empresa, es dia festivo, me pueden obligar? mi contrato es de lunes a domingo, aunque solo trabajamos de lunes a viernes, y el convenio no lo se, porque no lo pone en el contrato ni esta colgado en la empresa, tampoco hay calendario laboral, y nos obligan a trabajar y encima cobrando solo un 25% mas, osea el dia normal y un 25% mas... es normal? estoy obligado? me echarán si no voy? mi contrato es de obra y servicio
Se lo debería haber pedido por escrito, si la empresa se lo requiere, debe trabajarlo, eso sí, remunerado como estipule la ley, si el convenio no dice nada al respecto sobre los días festivos trabajados, tiene que ser al 75% más la hora trabajada.
Salvo que haya un acuerdo entre el comité de empresa, o el convenio diga algo al respecto, (que no lo se porque nos dice que no sabe que convenio tiene, pero por lo menos diganos a que se dedica y así podremos saber que convenio puede tener, o al menos hacernos una idea), bien salvo esto, los festivos son para descansar y no le pueden obligar a trabajarlos, por otra parte; a lo mejor lo que marca su convenio es que la hora extra su precio sea de un 25% sobre la hora ordinaria y por tanto las horas festivas sean horas extra, con lo que las cuales son siempre voluntarias, es decir no le pueden opbligar a trabajarlas si usted no quiere, pero claro si como dice usted que tiene un cto de obra y servicio, si no acepta pues eso pueden echarle finalizando su cto, pero claro usted tb podría denunciarles y demostrar que la obra para la que fue contratado sigue y a usted le echan con lo que conseguiría al menos un despido improcedente que supone más dinero a la hora de ser indemnizado.
Mi trabajo es de operario, en una empresa que hacemos corte de aluminio con maquinas de corte de precisión, hacemos de maquinistas de manipuladores de encajadores... De todo, osea que no estoy obligado, y si me lo pidieran por escrito? Seria obligatorio? O tendría opción a decidir si quiero ir o no, es que allí no tenemos calendario laboral, ni el convenio, ni nada, y estad decisiones de venir en festivo nos las dice el encargado, nadie superior da la cara porque saben que nos quejaremos, y le dejan a el el marrón, así no tenemos poder de replica, el convenio nose cual tengo pero creo que seguro que habrán escogido uno que les convenga aunque no sea de lo que hacemos en realidad, nose si ir o no, no quiero perder el trabajo pero tampoco quiero que se rían de nuestros derechos
Pues seguramente su convenio este vinculado con la rama del metal, ¿no tienen delegados o comité de empresa?, mifre puede usted acudir a un sindicato y en el pregunte por la sección de siderometalurgia y allí le dira usted el nombre de su empresa y ellos sabran quienes son sus delegados y tb el convenio que loe corresponde.
En cuanto a lo de que se lo den por escrito, como si le amenazan por lo penal, los festivos son abonables y no recuperables, (es decir la jornada que usted realiza hoy ya la tiene hecha), por lo tanto si se las pagan deben ser como horas extra y por tanto esta jornada debe seer aparte de su salario, osea al final de mes tiene que tener usted el mes comñpleto de salario mas 8 horas extra, pero vuelvo a decirle las horas extra son voluntarias desde la primera si su convenio dice que la hora extra es por decir algo a 15 € y a usted le parece poco dinero por una hora extra pues les dice que no la trabaja y sino negocias usted mismo y les dice vale yo las trabajo pero quiero que su precio se por ej. 30 € que no estan de acuerdo que el convenio marca a 15 € vale pues usted por ese dinero no trabaja y punto.
El problema de estos días no es que le puedan sancionar, por no acudir al trabajo, no pueden hacerlo, esta usted en su derecho de ir o no a trabajar, el problema es que con un cto temporal, (hoy en dia hasta con un indefinido), si quieren le echan, este es el problema.
Gracias, iré a trabajar, porque no quiero mal rollo ya que he empezado hace mes y medio, la empresa lleva abierta dos meses solo, es nueva, y no tenemos comité de empresa, eso que tenemos que ir a ugt o ccoo? Hay que pagar para hacer un comité? Perdón es que nunca he tenido comité de empresa y nose comp va, somos unos 30 por turno, y haría falta alguien que nos represente y luche por nosotros y nuestros derechos porque se los pasan por el forro, hoy voy a ir, pero voy a hablar con ellos para decirles que los próximos festivos no los voy a trabajar, a ver que pasa
Ya veo que esta usted muy verde ,mire a parte de acudir a algúnsindicato y ellos se encargaran de convocarles las elecciones si ustedes estan dispuestos a formar un comité de empresa, (en plantillas con mas de 50 ttrabajadores sera un comité de 5 miembros), si como dice son unos 30 por turno, (pero cuanrtos turnos dos o tres), oscila su plantillla entre 60 y 90 trabajadores, me extraña que una empresa de esta magnitud no tenga ya convocado un comite de empresa, (aunque si me dice que lleva dos meses abierta ya no me resulta tan extraño).
A parte de acudir a un sindicato, yo le recomiendo si esta interesado que se lea el ET a partír del TITULO II DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACION COLECTIVA Y DE REUNION DE ...
A partir del art. 61 y siguientes, para que vea como funciona esto, le costará entenderlo al ser lego en la materia, pero a base de estudiarlo y de consultar tanto en este foro como en el propio sindicato aprendera a conocer sus derechos laborales.
En cuanto a lo que dice de que si el comite cuesta dinero, no no cuesta, cuesta esfuerzo y tiempo que hay que dedicarle, por otra parte yo les recomiendov eso si que se afilien a un sindicato, esto viene a ser unos 33 h trimestralmente a los que les puede usted sacar mucho partido.
Siento decirle que rescindir su contrato de trabajo a la empresa le cuesta el abono de 2 días de salario aproximadamente( 8 días al año), en el mejor de los casos si se reconociera la improcedencia del despido no llega a 8 dias de indemnización.
Salvo que el convenio diga otra cosa hay que estar al tipo de actividad y a la existencia o no de razones técnicas u organizativas excepcionales que puedan concurrir?
De existir dichas razones (ej.razones organizativas es el trabajo turnos en cadena, hostelería, farmacias, centros sanitarios, etc)....de trabajar el festivo la empresa deberá bien dar a los trabajadors un descanso compensatorio o bien abonar las horas trabajadas en festivo incrementadas como mínimo en un 75%.
Esto es el régimen legal...luego el convenio puede mejorarlo.
En cuanto al tema de representantes unitarios de los trabajadors (comité de empresa o delgados de personal según el número de trabajadores del centro de trabajo) por el tiempo que el centro lleva abierto no se celebraron elecciones porque no hay trabajadores con antigüedad suficiente en la empresa para ser elegibles.
No había caido en ese detalle ainoa1, es cierto que desde el inicio de la actividad de la empresa deberan pasar al menos seis meses para promover elecciones sindicales.
Paul84, por lo tanto tienen ustedes 4 meses para organizarse e ir poniendose al dia en estos temas si pretenden convocar o promover elecciones sindicales.