la responsabilidad es de cuatro frente a terceros, pero frente a los socios, si un delito se ha cometido en el año 2.006 y 2.007, y todavia no se ha celebrado junta por que no dejan entrar al auditor la responsabilidad penal es superior.
si no me equivoco
La responsabilidad de los administradores sociales es por tiempo de 4 años desde la comisión del acto.
Si necesita que ampliemos esta o cualquier otra información estaremos encantados de ello, quedamos a su disposición para lo que precise.
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Gracias por la respuesta Omabogados. La deuda es del 2003-2004 pero fue notificada en tiempo a la empresa. El problema viene por que hubo en ese tiempo un autonomo trabajando para la empresa que generó una cantidad de ingresos que levanto las sospechas de hacienda. Hacienda investigo a la empresa y pidió que se justificase que este hombre había trabajado para la empresa. Yo he preguntado a mi Padre, y él jura y perjura que este hombre hizo esos trabajos y cobro por ellos, pero esta información solo esta en la cabeza de mi padre, y ademas este autonomo esta desaparecido y no es posible recurrir a él, según me ha contado mi Padre. Hacienda mando una liquidación con una sanción, que fue recurrida por la empresa estando mi padre ya de administrador. A finales del año pasado, la instancia superior a la que se formulo el recurso, vio que la liquidación estaba mal calculada y estimo por ello los recursos sobre la sanción, y en parte los recursos sobre la liquidación, devolviendo el expediente a la oficina gestora para que pudiera volver a calcular la liquidación. Hacienda a vuelto a remitir recientemente a la empresa lo que tiene que pagar. Yo he conseguido que mi Padre me firme un manifiesto ante notario declarando que ha sido el unico responsable de la gestión de la sociedad desde su creación, y que yo no he tenido oportunidad de tener ningún control sobre los actos que él ha hecho mientras ha gestionado la sociedad, pero no se si esto me servira de algo. No se si puedo hacer algo mas.
Tengo 35 años ahora, y cuando tenía 18 fui obligado por mi padre a ser administrador de una Sociedad Limitada despues de que la antigua sociedad de la que él era administrador tuviera que cesar su actividad. El administrador de hecho de la sociedad fue siempre mi padre, siendo el unico que tenía control sobre la actividad de la empresa y no permitiendome tener ningún control sobre sus actos. Solo cuando tuvé 30 años y deje de vivir con mi padre, pude conseguir que se pusiera él como administrador. Durante el tiempo que fuí administrador por algún motivo que solo conocé mi padre, se dejo de pagar a hacienda una cantidad que ahora se reclama a la sociedad con una posible sanción. Nunca pudé estar al corriente de este tema y no he tenido nunca ninguna posibilidad de obligar a mi padre a saldar esta deuda. Quería saber si se me puede acabar reclamando esta deuda a mi, y si puedo hacer algo para declarar nulo mi nombramiento como administrador, ya que no pude oponerme a ello, y que acciones debería de tomar.