No se si es éste el subforo adecuado. Soy comerciante minorista del sector libros. Resulta que muchos libros, cartas, blister, etc. Vienen precintados. Hoy me ha exigido una mujer (bajo amenaza de ponerme una hoja de reclamaciones) que tenía obligación por ley de tener de cada artículo precintado, uno abierto para el público para valorar si se lo quiere llevar o no, e incluso me ha citado un artículo de la ley de "noseque" que parecía que lo estaba improvisando. Me parece muy extraño que yo esté obligado a tener una unidad abierta por narices. Por ejemplo, tengo 2 barajas españolas para jugar a las cartas. Pues la señora me exigía abrir una. Si la abro no la puedo vender y los libros, barajas y demás se renuevan cada 3 meses por lo que sería imposible cumplir esta supuesta ley.
Entiendo el espíritu de "ver antes que comprar", pero por ejemplo no creo que tenga derecho si voy a un kiosko y me llama la atención alguno de los famosos blister veraniegos de Revista XYZ Chanclas de regalo, que yo tenga derecho a abrir y destrozar el precinto del blister, ojear la revista, y si no me gustan los artículos devolverla. Supongo que el amable kiosquero me lanzaría las chanclas a la cabeza. No es la primera vez que me dicen lo de la supuesta obligación de tener ejemplares abiertos sin precintar, por eso me gustaría saber cual es la postura legal real.