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Obligada a hacer festivos con reducción de jornada

14 Comentarios
 
Obligada a hacer festivos con reducción de jornada
15/02/2017 08:49
Buenos dias! Llevando 16 años en la empresa trabajando siempre de lunes a viernes (dias laborables no festivos) y con reduccion de jornada maternal, ¿si te cambian de departamento te pueden obligar a trabajar festivos? Ya quisieron cambiar el horario pero consegui que me lo respetaran por cuidado de menores que es por lo que esta la reduccion de jornada, y me confirmaron por escrito que era un cambio temporal de departamento siendo mi horario y condiciones intocables, pero ahora me obligan ha hacer festivos, ¿es obligatorio? Dicen que no puedes ser menos que el resto de compañeros...
15/02/2017 11:32
Mjts23
Sea usted un poco más explicita:
Profesión:
Categoría que tenía, Dpto inicial
categoría a la que la pasan, Dpto al que la pasan
Sector y Convenio de aplicación.
En ppio los cambios de categoría deben ser temporales y en su situación si tiene cto de L a V sería posible impugnar ese cambio.
¿El motivo de cambiarla de tareas es por estar en reducción de jornada por guarda legal? Si así fuera seria un motivo mas para impugnar ese cambio
15/02/2017 12:30
jamgpreve
Mis tareas son administrativas con categoria senior (no me cambian de categoria), el convenio colectivo es oficinas y despachos (empresa en la comunidad de Madrid)
Anteriormente estaba en un departamento donde nunca trabajabamos los festivos (16años) y me notificarón que me realizaban un cambio de tareas y horario para ayudar a otro departamento. Hable con el departamento de personal para que me respetaran mi horario establecido desde que estoy con jornada reducida por cuidado de menores y así fue, conseguí que me pasarán por escrito que mi traslado de departamento era únicamente temporal realizando "x" tareas, respetando mi horario (ya qu me lo querian cambiar) y condiciones. Pero en una nueva reunión el jefe del nuevo departamento y el dtpo. de RRHH me comentan que mis tareas son ayudar a todo el nuevo Departamento en "mi horario" pero teniendo que trabajar los festivos y esos días con un horario diferente.
Me he enterado que anteriormente nadie con jornada laboral reducida por cuidado de menores realizaban festivos, pero que por quejas de compañeros tuvieron que trabajarlos pero no tienen nada firmado que les obligue, sólo justifican que es un dpto. que atiende a clientes y es necesario trabajar sabados y festivos pero por miedo nadie dice nada.
En mi departamente anterior estan enseñando a otro compañero a que realice las tareas que yo hacía anteriormente y cuando hay alguna cosa que no saben como solucionar tengo que tramitarlo yo.
Mi pregunta es, siendo mama y con mi contrato de L-V con un horario de media jornada de 9-1, al haberme trasladado de tareas y departamento, si me pueden obligar a realizar festivos justificante la empresa que ese departamento es de servicio al cliente (a cambio te dan dia y medio de librar), y asignando las vacaciones por puntos, puntos que como acabo de llegar al departamento no tengo ninguno y no puedo seleccionar dias de vavaciones que me interesen.
Espero haberme explicado mejor. Muchas gracias!
18/02/2017 16:22
Mjts23
Iba a incidir en la misma línea de jamgpreve (impugnación de la modificación sustancial de condiciones de trabajo), pero me he encontrado con una sentencia del TS (STS 3029/2016 ) que creo viene al caso: da la razón a una trabajadora en reducción por guarda legal con jornada semanal ordinaria de lunes a domingo que estableció su horario de trabajo de lunes a viernes porque en su convenio, firmado posteriormente a la aprobación del Real Decreto-Ley 3/2012 (en este momento se introdujo el concepto de "jornada ordinaria diaria"), el artículo en el que se reconoce el derecho por parte del trabajador a la concreción del horario de trabajo en casos de reducción por guarda legal se redactó utilizando la expresión "jornada ordinaria".

El Convenio del Sector de Oficinas y Despachos de Madrid (2013-2017), también utiliza la misma expresión, "jornada ordinaria", en el artículo en el que regula las reducciones por guarda legal (siempre hay siempre mucho copiar y pegar del convenio anterior), así que quizá por aquí haya una segunda vía a explorar.
18/02/2017 17:56
Mjts23
Ahora me resulta mas evidente y sigo pensando que se trata de una discriminación por haberse acogido a una reducción de jornada y quienes deben demostrar lo contrario seria la empresa, primero se le cambia de dpto, segundo tiene cto de L a V si ahora se lo cambian es una modif. sust. de libro, (art 41 ET) luego puede utilizar esa sta en su favor, por otra parte, tengo un trabajador en un dpto y le cambio a otro dpto y contrato a otro trabajador para suplir a el que acabo de cambiar de dpto ¿No sería ,as sencillo contratar al nuevo al dpto nuevo? Pida que le reingresen en su anterior puesto y sino primero denuncia ante inspección y luego demanda ante lo social.
SMO.
21/02/2017 19:22
Mjts23
Muchas gracias por tus respuestas y orientacion!!!
21/02/2017 19:23
jamgpreve
Muchas gracias por tus respuestas y orientacion!!
jamgpreve
21/02/2017 19:24
polifemo10
Muuchas gracias por tu respuesta y dedicacion!!
polifemo10
24/01/2020 20:47
Mjts23
Dudas reduccion de Jornada

Buenas tardes:
Trabajo de gerocultora,estoy fija a 36h semanales aunque trabajamos 7 dias seguidos, 7h al dia y descansamos 3 dias.Quiero reducirme la jornada a 28h y con el cuento de tener que reducirme la jornada diaria estoy un poco liada debido a que entonces seguiria haciendo semanalmente mas de las 28h semanales a las que quiero acogerme.En este momento,llevo unos meses que sin reducirme la jornada,les solicité turno fijo de tarde y realizar 36h y no mas,pero han hecho lo que han querido,poniendome igualmente 7 dias seguidos a 7h en turno de tarde, realizando 49 horas seguidas como hacia antes y sin poder conciliar de ninguna manera.
Mi duda es, si puedo pedir en vez de reducirme la jornada diaria,agrupar las horas en 4 dias a la semana o por lo menos exigir solo trabajar esas 28 horas a la semana aunque sea repartidas en 6 dias y uno de descanso. O si puedo solicitar de nuevo que sin bajarme las horas me hagan trabajar esas 36h semanales con mis decansos reglamentarios dentro de la misma semana.Gracias
25/01/2020 08:44
Mjts23
Para poder responderte habría que saber el convenio de aplicación. Es el estatal de servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal (residencias privadas de personas mayores y del servicio de ayuda a domicilio)?
25/01/2020 18:37
Mjts23
Varias cuestiones:
-La reducción de jornada por custodia legal es diaria, no se pueden acumular horas para reducir días.
-Debermos conocer el convenio, (la verdad, dudo mucho que la jornada semanal sea de 36 h/sem). Salvo que tenga una jornada parcial de 36 h, esto ya sería otra cosa.
-Luego dice que quiere hacer esa jornada de 36 h, verá si su convenio es el de residencias la jornada es de cómputo anual, es decir 1792 h/año dividido entre 45,65 sem/año nos da una jornada semanal de 39,68 h/sem, vamos las 40 h/sem de casi todos los sectores, son a su vez 224 días/año de trabajo, entre 11 meses vienen a ser 20,36 días/mes.
Usted tiene que tener claro que es trabajadora a turnos y como tal trabaja de los a domingo y si hace una regla de 3 40 h/sem es igual que 56 h en periodos de 10, 11 días, usted realiza un 7 días de trabajo, 3 de descanso y así sucesivamente por lo que si computa mediante reglas de 3 esas 40 h en 7 días suponen 57 h en 10 días, usted hace 56 h.
Tiene usted un trabajo a turnos con contrato de L a De.
Es lo que hay
-
12/05/2022 18:42
Buenas tardes,
llevo 10 años en una empresa como dependiente de comercio (textil), mi contrato inicial es de 35h semanales, en 2020 pedí reducción de jornada a 30h para mejorar la conciliación familiar y atención de mi hija.
En un principio la empresa dijo que no podia hacer domingos ni festivos, y ahora dicen que tengo que hacerlos obligatorios. Cuál es la realidad?, Puedo, no puedo, es obligatorio?.
Por otra parte, si es obligatorio, cuántas horas debo hacer como máximo, mi trabajo habitual es de Lunes a Sábado (trabajo en un centro comercial) 5h diarias, y los Domingos son 8h las que tenemos que trabajar. (De ser obligatorio, no sería más normal que fueran 5h como un día cualquiera?. Muchas gracias por su atención.
12/05/2022 22:31
Lo primero que debe hacer es mirar su cto y ver que se marca el mismo respecto al a la jornada a realizar haber si pone jornada de L a S o de L a D?

Después si lleva tantos años y siempre trabajo de L a S y ahora que casualmente pide usted una reducción de jornada por custodia legal y ahora pretenden variarle la jornada es pura discriminación, así que les dice usted que no se columpien así que demanda al canto así como denuncia ante inspección de trabajo, así cuando vean que usted no se amilana ante ellos se dejarán de chorradas.
En cuanto a trabajar de domingos por supuesto sería a 5 h con su reducción y a su vez tendría que tener un día de descanso por semana y cobrar Plus de festivo por trabajar en domingo.
smo
13/05/2022 14:29
Jamgrrhh28
Gracias por contestar. Mi contrato es de Lunes a Sábado, firmado en 2013. En 2015 pasa a ser indefinido, y en él firmo una cláusula que dice que tengo que trabajar Domingos y festivos, y así fue hasta la fecha de la reducción en 2020. Desde 2020 dejo de hacer Domingos y festivos porque según ellos no puedo hacerlos, sólo en algún caso voluntariamente y hablado con recursos humanos podemos trabajar para que por ejemplo en Diciembre que se abre todos los Domingos, las otras compañeras no vayan todos, ya que en el convenio pone que no pueden trabajar mas de dos Domingos seguidos. (Como somos cuatro dependientes, dos con reducción, solemos decir que hacemos uno o dos para que ellas descansen alguno, aunque lo lógico sería que contrataran personal de refuerzo para las fechas de mas jaleo.
13/05/2022 16:20
Pues si al convertir el cto en indefinido ponía que es de L a D y trabajaba de L a D hasta la reducción de jornada, blanco y en botella leche, ahora tb podrá trabajarlos eso sí, si usted tiene una reducción de jornada de 5 h con lo que semanalmente hace 30 h pues esto sigue igual, trabajará 5 h/día por lo que deberá tener un descanso entre semana.
smo