BUENO!! Yo he adquiro un apartamento de nueva construccion en Dic./2005. En su día me dijeron que la cedula de habitalidad tardaría sobre 2 meses, pero al día de hoy y según la promotora no ha sido entregada la cédula por culpa del ayuntamiento, ya que este va retrasado. ¿Q quién corresponde verdaderamente otorgar dicha cédula y a quién podemos dirigirnos para obtener más información?
Por otro lado la urbanización no ha sido entregada ya que actualmente faltán por escriturar algunas viviendas. En este sentido ¿Correspondería a la promotora subsanar cualquier desperfectos que hubiese en dicha urbanización, y que ley nos ampara?.
Esperando vuestras respuestas, os saludo muy antentamente y agradesco vuestra ayuda.
Hola, por mi zona es normal que se escrituren viviendas sin que se tenga aun licencia de primera ocupación y cédula de habitabilidad. Es cierto que esta cédula la otorga el Ayuntamiento y por eso mismo nunca se sabe cuánto tardará.... he visto escrituras también donde se consigue introducir una cláusula en que el promotor se hace cargo de los perjuicios que puede ocasionar no tener esa cédula si te quitan, por ejemplo,el suministro de luz (luz de obra al no tener aun cédula) en fin...depende de si se puede negociar con el promotor antes de firmar( y depende de las prisas que tiene el comprador). En cuanto a los desperfectos igual te es útil mirar la LEY 38/1999 de 5 de noviembre de Ordenación de la Edificación (LOE) y por supuesto, yo hablaría con el promotor. Espero serte de ayuda, un saludo