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Obligaciones del propietario en subarriendo

3 Comentarios
 
20/02/2012 18:30
En cualquier caso, ese subarriendo no le supone a usted ningún beneficio.
Lo mejor es termine el contrato y vuelva a arrendar.
20/02/2012 17:43
Muchas gracias, Jan.
perfil Jan
20/02/2012 17:00
Hola Munodi. En contestación a sus preguntas:

1º) No. El contrato de subarriendo se extingue automáticamente cuando se extinga o resuelva el contrato de arrendamiento del que trae causa. Pese a ello, si el subarrendatario no abandonase la vivienda voluntariamente usted tendría que instar acción judicial contra el mismo.

2º) No, pero usted sí que debe dar por escrito a su arrentario el consentimiento expreso para subarrendar la vivienda.

3º) Hasta el mismo que si la vivienda no estuviese subarrendada. No, no pueden subirle la cuota de los gastos de comunidad.

4º) Podrá reclamárselos a ambos, arrendatario y subarrendatario.

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl
Obligaciones del propietario en subarriendo
17/02/2012 08:16
He hecho esta consulta dentro de una más antigua, pero como no me responden, la hago nueva. Tengo un piso de dos habitaciones alquilado a una pareja que ahora anda en apuros. Hemos estado buscando entre todos una solución y una de las posibles que se han barajado es la del subarriendo de una de las habitaciones. En principio, no me niego a ello, pero tengo muchas prevenciones al respecto. Veo, además, en la respuesta de Jan a José L. cosas que me inquietan. Trataré de plantear todas mis dudas:
1. La más importante. Si mis inquilinos se van, ¿quedo obligada a algo con el subarrendatario?. Yo quiero que, si se van, el piso me quede completamente libre. ¿Tiene algún derecho a permanecer en el piso el realquilado si yo no he tenido más que ver en el subarriendo que dar mi consentimiento expreso?.
2. ¿Debo visar el contrato entre mi arrendatario y el subarrendatario, sea verbal o escrito?.
3. ¿Hasta qué punto puede la Comunidad de Propietarios reclamarme daños si empieza esta situación a ocasionarles molestias (ruidos, imagino, fundamentalmente)?. También he visto en otra consulta que pueden pedir subir la cuota. Yo no voy a subirles la renta a los inquilinos, con lo que entiendo que esto no ha lugar. Tampoco hay idea de que haya más de 4 personas en el piso.
4. Si el piso sufre daños, entiendo que se los tendré que reclamar, en cualquier caso, a mi inquilino.
5. No quiero que me utilicen como mediador en tre arrendatario y el subarrendatario. Lo digo al hilo de la consulta primitiva.
Bueno, creo que todas mis dudas se resumen en hasta qué punto soy responsable de la situación si el inquilino se desentiende de su responsabilidad en el subarriendo.
Muchas gracias por adelantado por las posibles respuestas.