Hola foreros ¿Que tal?
Tengo una gran duda, y es que si bien en la LPH dice cual es ola misión del Administrador, e incluso la del Secretario cuando los dos cargos no recaen en la misma persona, según los arts 19 y 20.
Pero del Presidente, nada de este buen Sr o cargo que nadie quiere, tan solo el Art,13 apart.3º dice que EL PRESIDENTE OSTENTARÁ LEGALMENTE LA REPRESENTACION DE LA COMUNIDAD EN JUICIO O FUERA DE EL, EN TODOS LOS ASUNTOS QUE LE AFECTEN. esto está muy bien pero alguien me puede decir que asuntos son los que le afectan, ademas de REPRESENTAR a la Comunidad.
¿Acaso tiene alguna capacidad de decisión?.
¿ Tiene alguna Autoridad para algo?
Al fin al cabo yo solo lo veo como un chivo espiatorio de los errores y los aciertos que tengan tanto el administrador como del secretario, y lo peor es que sin oficio ni beneficio.
Un saludo.