Hace 40 años mi padre y un amigo compraron una finca rústica proindiviso, adquiriendo cada uno el 50%. Mis padres fallecieron y mis dos hermanos y yo heredamos su 50%. El otro propietario quiere hacer ahora un contrato privado para definir la propiedad correspondiente a cada parte, así como las obligaciones respecto a los gastos.
Mis hermanos y yo no vamos nunca, pero hasta ahora hemos mantenido la propiedad en buenas condiciones, pagando el arado de la tierra, poda de arizónicas del vallado, reparaciones del pozo de riego, pintura del estanque/piscina.
Queremos mantener la propiedad porque todo el terreno colindante se ha recalificado a urbanizable. Pero no queremos pagar el mantenimiento de cosas que no disfrutamos y que, como mucho, sólo mantienen el terreno "bonito" para que el otro propietario pase los fines de semana. Otra cosa es respecto a las obligaciones impositivas, con las cuales no tenemos ninguna objeción en su pago.
Entonces en este terreno rústico ¿estamos legalmente obligados a pagar podas, arados, gastos del pozo y demás? Sabemos que el contrato privado no tiene validez legal, pero ¿cuales y qué tipo de gastos se deberían pagar, además de las responsabilidades impositivas?
Muchísimas gracias y saludos
Para en algún momento se pueda llegar a dividir el proindiviso tenéis que tener en cuenta cual es la unidad mínima de cultivo en vuestra comunidad Autónoma. Si el terreno va a ser urbanizable deberíais consultar en el municipio como va ese plan o que proyecto tienen, no vaya a ser que no llegue nunca.
Las reglas de los copropietarios para repartiros los gastos dependerán del sentido común, y de la relación que tengáis entre vosotros, yo recomiendo dialogo, empatía y buena mano izquierda, se consigue más con miel que con hiel.
Yo tengo un caso prácticamente calcado (en vez de 3 son 2 hermanos) y a veces hay que envainarsela. Nada obsta para que os repartáis las zonas de influencia aunque el contrato sea carente de valor legal, se trata de convivir en paz y de dar valor a la palabra dada.
Por ejemplo en mi caso en mi zona hay pozo y el vecino no tiene y permito a mi vecino que saque el agua con su bomba, aunque el pozo le haya hecho y pagado yo, cuido la convivencia y suele repercutirme positivamente.Tieneeste caso más que ver con la naturalez humana que con las leyes de la copropiedad y la cosa común (383 y siguientes del Código Civil)