Hola! es la primera vez que consulto algo y no sé si es este foro específico el que me puede ayudar u otro.
Tenemos una casa en un pueblo la cual por causas -sobre todo económicas- no hemos acabado de arreglar, por lo que vamos muy poco (un par de veces al año mas o menos).
En la calle que se ubica nuestra casa se hicieron obras para mejorar la calle y arreglarla, todo esto sin tener ninguna noticia y/o notificación por nuestra parte del ayuntamiento del pueblo, por supuesto, cuando vimos las mejoras nos alegramos -esto fué antes de empezar el año 2011-. Ahora en 2012, recibimos una llamada del ayuntamiento indicándonos que tenemos que pagar 654,30 euros, que es lo que nos corresponde en en el reparto individual del coste de las obras. Nos llega una carta sin especificar la fecha del acuerdo, del que en ningún momento se nos ha informado, sin fecha de la carta, sin certificar, sin acuse de recibo, pero eso sí, indicándonos que si no pagamos en periodo voluntario (que nisiquiera sabemos cuál es) entraremos en periodo ejecutivo, con apremio y con los preceptivos recargos e intereses, y por supuesto el lugar donde debemos hacer el pago.
Mi pregunta es la siguiente: Tenemos derecho (ya que en este momento no podemos pagar los 654,30 e) a que nos fraccionen el pago, por lo menos el tiempo equivalente desde que se tomó el acuerdo del que no nos notificaron?, se nos puede exigir algo así y de esta manera?. Se nos indica que contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa se puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, pero desde qué fecha?, ya que repito esta carta nos ha llegado sin certificar, sin acuse de recibo y nisiquiera con fecha en la propia carta. ¿Como se puede, si es necesario, hacer este recurso?.
Estamos bastante preocupados con el tema, por lo que cualquier ayuda que nos presteís será muy importante. Gracias