Me gustaría que alguien me dijera con rotundidez y seguridad si el psicólogo en el ejercicio de su actividad (pública o privada) tiene la obligación por ley o código deontológico de informar por escrito de todo, es decir, del protocolo a seguir, diagnóstico, tratamiento, honorarios, posible solución, tiempo previsible... Y sobre todo sobre los resultados finales del tratamiento del paciente, en este caso una menor.
Este psicólogo se niega a dar un informe escrito del diagnostico, evolución y resultados finales del tratamiento del niño cuando este finalice.
Dice que lo comunicará de palabra porque no acostumbra a hacerlo por escrito. ¿Puede hacerlo?
La madre llevó al niño al psicológo sin saberlo el padre. Cuando a éste se le comunica, se le cita y se le pone en la mesa un impreso explicativo en el que figura un apartado diciendo que no darán información por escrito. Por supuesto él no lo firma porque no está conforme con este apartado. El tratamiento se lleva a cabo sin su firma, solo con la de la madre.
Le piden que pague su parte. Él dice que pagará sin ningún problema cuando le den o le garanticen un informe en condiciones como se supone que hace cualquier profesional serio.
¿Está en lo cierto?
Me parece el colmo que en un asunto así alguién pueda negarse a facilitar la comunicación por escrito.
Soymujer, te confirmo con rotundidez y seguridad que un psicólogo está obligado tanto por ley como por código deontológico a informar por escrito sobre tratamiento, evolución y diagnóstico inicial.
Lo que no pueden hacer es plasmar de forma anticipada el resultado final, ya que es imposible anticiparse. Cada paciente necesita un tiempo y un tratamiento específico. Pero los padres tienen derecho a solicitar un informe cada vez que lo estimen oportuno, es decir, si os empeñáseis en tener un informe de cada consulta, el psicólogo está obligado a facilitároslo.
Eso es lo que yo creo. Evidentemente se le ha pedido el informe cuando termine el tto., y es lo que niega. El padre no pone impedimentos en pagar lo que le corresponda de cada sesión anticipadamente, pero con la garantia de que le vayan informando (cosa que no hacen) y del informe final. Eluden el compromiso del informe escrito. Entiendo que la evolución se puede comunicar de palabra con la condición de que figure mas tarde en el informe final por escrito.
Hasta el psicólogo que ha intervenido por parte del juzgado para el cambo de medidas nos ha dicho que este señor tiene la obligación de dar el informe escrito... Pués no hay manera, dice que en su gabinete no trabajan así...
Supongo que a lo mejor es la manera de no justificar los ingresos económicos por tto. Les pagas un dinero, te lo cuentan todo de palabra y se lavan las manos en todos los sentidos...
No le encuentro otra explicación.
Como siempre rizando el rizo del mas dificil todavía...
Pues denúnciale. No es que se trate de que el gabinete trabaje de tal o cual forma, es que es su obligación y te lo digo desde el conocimiento, ya que mi pareja es psicólogo y casi todo mi entorno amistoso también lo es, tanto en en el ámbito público como en el privado y les consulté antes de contestarte.