Vengo observando desde hace tiempo, que hay muchos propietarios que se creen lo siguiente:
1.- El administrador es un empleado de la comunidad.
2.- El administrador es el responsable de todo lo que no funcione en la comunidad.
3.- El administrador manda en la comunidad, decide y solventa todo los problemas.
En una de mis comunidades hay un cierto descontento con la administración, los propietarios se quejan que la administración no les atienden bien cuando llaman, y suenan voces para echarlo, y ese es el error que cometen, hablando en términos de la milicia, se saltan el conducto reglamentario,
¿Para que esta el presidente de la comunidad? y es que desconocen los tres pilares fundamentales en que se basa la comunidad según su importancia:
1.- La junta de propietarios es el órgano supremo de la comunidad, hablando en plata, quien manda en la comunidad.
2.- El presidente de la comunidad, es quien representa a la comunidad, es decir a la junta de propietarios en su conjunto.
3.- El administrador/secretario, que es normalmente un profesional ajeno a la comunidad, y yo añadiría y se atendrá a lo que decida la junta de propietarios.
En la LPH de Cataluña, el administrador no forma parte de la junta de gobierno, solo el secretario.
Mis adorables vecinos no saben que antes de llamar a la administración para comunicar una queja, deben pasar por el presidente, y comunicarle a el la queja, y si al presidente se le ningunea, entonces ya hay una razón para removerlo. un propietario a titulo personal no es junta de propietarios.
Yo aconsejaría a todos los presidentes de comunidades, que no consientan que el adminiustrador dirija las juntas, aun siendo a la vez el secretario, yo cuando he sido presidente de una de mis comunidades, soy quien dirige la juntas, y el administrador toma la palabra cuando un propietario pregunta algo relacionado con las cuentas, para lo demás, es el presidente quien da y quita la palabra, en una palabra es el que corta el bacalao, el secretario solo toma nota,
Este es el gran problema de las comunidades, que los administradores se atribuyan competencias que no les competen, cuando voy a algunas juntas de mis comunidades y veo callado al presidente, y como el administrador se hace dueño de la asamblea, me rio por no llorar.
Brasilia pregunta por una competencia que no tienen los administradores, y es que en la mayoría de comunidades, propietarios y presidentes no tienen ni idea de lo que es la LPH, y los administradores son los reyes del mambo, por eso en este foro de propiedad horizontal, entran a diario temas donde casi siempre el culpable es un personaje:
EL ADMINISTRADOR DE FINCAS.
Gracias Juanchito. Otra pregunta ¿Ni siquiera en el certificado que emita como Secretario tiene obligación de advertir sobre defectos técnicos del inmueble?
Mi opinión es que el administrador cuando emite el certificado de deudas, solo advierte si el transmitente o vendedor, tiene deudas pendientes contraídas con la comunidad.
Una cosa son los defectos de construcción y otra los vicios ocultos.
Si te olvidaras del administrador que no tiene vela en este entierro, y explicaras de que va la cosa, posiblemente la respuesta a tus dudas quedarían resueltas.
No sólo no tiene que informar sino que tiene obligación de no informar por su deber de confidencialidad sobre todo lo que conozca de la comunidad.
Quien tiene la obligación de informar sobre las posibles deficiencias es el vendedor y así lo establece la ley al hacerle responsable de los vicios ocultos, entre otras cosas.