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¿Obligación de subrogar en cambio de empresa?

8 Comentarios
 
¿obligación de subrogar en cambio de empresa?
18/12/2017 11:39
Estimados foristas,

Les expongo mi caso para ver si pueden ayudarme.

Soy consultor, trabajo en una consultora desde hace más de 7 años. En todo este tiempo he estado con contrato indefinido pero como aux administrativo, aunque haciendo funciones de director de proyectos - gerente.

Los dueños de la empresa tienen muchas otras empresas, y por cuestiones que ahora se me escapan (ellos aducen perdidas, pero no es verdad) querían en principio cerrar esta empresa (llamemosla empresa 1) y despedir por tanto a la gente. Han comenzado algunos despidos desde octubre, sin embargo la realidad es que quieren reestructurar y mantener la actividad al menos hasta marzo o abril de 2018.

A mi me han ofrecido irme a otra empresa suya, la empresa 2, manteniendo mi antigüedad y mis condiciones. Sin embargo a mi no me apetece nada ir a la empresa 2 y quiero iniciar otro rumbo en mi carrera.

Ellos me hablan de que me van a subrogar desde el 1 de enero de 2018 , y por tanto supuestamente estaría yo obligado a irme a la empresa 2 o a presentar la baja voluntaria.

Yo entiendo que no es una subrogación como tal ya que la empresa 1 va a seguir su actividad (varios compañeros míos siguen sin fecha de despido cercana) ni se vende ni cierra una unidad de negocio ni nada de eso. Por tanto mi intención es rechazar el cambio y negociar mi salida con indemnización de 20 días en la fecha que acordemos.

Adicionalmente a todo esto he de deciros que en el trascurso de estos días he intentado que me liquidasen en la empresa 1 e ir a la empresa 2 sin antigüedad, pero me han respondido que no es posible por tener el mismo administrador; y por otro lado me había dicho uno de los jefes de 1 que me pagarían un bonus ahora a final de año, pero luego me han dicho que en febrero, aunque no sabian como por ya no estar en la empresa 1 sino en 2 (si acepto irme).

A mi me suena todo a que no me quieren perder pero tampoco pagar nada, ni indemnización ni bonus si me quedo.

Como ultimo apunte para liar la madeja y la negociación, soy miembro del consejo de administración de una sociedad suya (otra distinta), sin actividad, aunque mi nombramiento no consta en el registro mercantil por algún fallo que hubo. Sé que tengo que dimitir por burofax, pero algunas personas me han dicho que ni se me ocurra ir a pleito con ellos en el caso de no llegar a un acuerdo de indemnización porque me pueden buscar las cosquillas por este lado.

Necesito consejos y ayuda. Lo principal es que no quiero seguir con ellos en la empresa 2, pero si maximizar los resultados de mi salida.

Muchas gracias por anticipado!
18/12/2017 17:05
Felipe_dorrotu
Respecto a lo de buscarle las cosquillas por ser miembro del Consejo de Administración no tengo ni idea en que le puede no facilitar ni perjudicar, amen de que no esta registrado como tal.
Respecto a la subrogación no se puede considerar como tal y si como una modif. sust. de las condiciones laborales, (art 41 ET) y por tanto puede acogerse al art 41.3 ET y en definitiva rescindir su relación con la empresa a cargo de ésta por des`pido objetivo, (20 días/año de indemnización).
SMO
28/12/2017 17:39
jamgpreve
Muchas gracias Jamgpreve.

Hablé con mis jefes, llegamos a un acuerdo el día 19 para que me despidiesen, pero el viernes 22 la gestoria de la empresa dijo que es una baja voluntaria y me tengo que ir sin nada, puesto que ellos me han ofrecido la subrogación y dicen que no se puede retirar los papeles. O cero euros y sin paro o sigo con ellos. Incluso me han amenazado de que ni se me ocurra buscarme otro trabajo, que tenga mucho ojo con lo que hago. He vuelto a intentar negociar una indemnización menor de 20 días pero me temo que mañana me dirán que no y me “obligarán” a seguir con ellos. Son un poco mafia, pero no quiero líos, ni abogados ni juicios, prefiero un mal acuerdo un buen pleito.

En ese caso, ¿si no firmó ningún papel, se supone que el día 1 sigo en mi empresa, en la nueva o en la calle? Tengo que darles 15 días de preaviso para marcharme o por el contrario quedarme en casa y esperar a que me despidan por no ir a trabajar?

Muchas gracias!
28/12/2017 19:02
Felipe_dorrotu
Vamos a ver, esta usted muy perdido.
1.- En una subrogación el trabajador no tiene nada que decir ni que FIRMAR, (si firma algo será algún cambio en el cto)
2.- Usted tiene que subrogar pero espetándole tanto las condiciones del convenio de aplicación como salariales, por tanto no es usted quien no cumple sino ellos.
3.- Le pediría que tuviese usted mas respeto por usted mismo y por los trabajadores, ¿Como que ni se le ocurra buscarse oro trabajo o demandarles? ¿encima vienen con amenazas?
Vera, el demandar para usted no seria ningún perjuicio, en primer lugar les pondría en su sitio, en segundo lugar GANARÁ SEGURO, la subrogación es como dicta la ley no como ellos la quieren aplicar, en tercer lugar, ya que esta dispuesto a abandonar la empresa en caso de que tenga que subrogar en esas condiciones, entraríamos en el art. 41 ET porque le alteran las condiciones del cto al reducirle el salario y según esto usted puede aplicar el art. 41.3 ET, esto supone que no solo no seria baja voluntaria, (esto seria de locos por su parte), sino que seria un despido a cargo e la empresa con una indemnización de 20 días/año trabajado durante un máximo de 9 mensualidades.
Le ruego que jo tengan tanto miedo a enfrentarse a las empresas, acuda a un sindicato y que le representen, las empresas vienen muy farrucas cuando pillan con trabajadores que no conocen sus dchos pero luego cambian rápidamente el chip.
No sea tonto, defiéndase y defienda los dchos de los trabajadores y de baja voluntaria nada, por otra parte recordarle que en el ámbito laboral la justicia es gratuita, con matices, usted tendría que acudir con abogado y eso costaría porque se puede usted representar a usted mismo pero no creo que sepa y estaría perdido por eso le recomiendo que acuda a un sindicato y en ppio debería usted hablar con sus delegados que seguro que en la empresa los tiene pero posiblemente no les conozca.
17/12/2018 19:13
Felipe_dorrotu
En una empresa del sector de limpieza de edificios y locales de Madrid. Nos comunican via sms, que ota empresa es la nueva adjudicataria apartir del 1/01/2019. Del centro donde trabajo y que en los sucesivos días, tendre a mi disposición el finiquito. Mi pregunta es. Tanto la empresa saliente como la entrante, me tienen que entregar una carta de subrogación. Es legal? . SMS
26/12/2018 21:23
Felipe_dorrotu
Hola, esta semana mi empresa nos ha comunicado la subrogacion, disolviendo la S.L.U a la q pertenecemos, el problema viene q nos están presionando para firmar la notificación de la subrogación, en la q el ultimo párrafo pone, q estamos de acuerdo con la novacion contractual del mismo. Eso cambia nuestro contrato? O las condiciones laborales q tenemos?
27/12/2018 00:19
Felipe_dorrotu
Ya se lo he dicho, ante una subrogación solo tiene que firmar el escrito de notificación de la empresa, si en el mismo, a parte de notificarle el cambio le comunican una novación contractual o no la firma o firma con un no conforme y automáticamente acude usted con copia de ese escrito a inspección de trabajo.
SMO
10/12/2021 16:12
Hola buenas tardes, trabajo para una empresa privada, la cual está contratada por una empresa pública, les han mandado un burofax diciendo que el día 2 de enero terminan su relación laboral, somos 3 trabajadores indefinidos que se supone que nos subroga, pero no ha salido la licitación, con lo cual no sabemos quién se hará cargo de nosotros a partir del 3 de enero, me gustaría si me ayudarán a saber a quien tengo que reclamar, gracias
10/12/2021 16:45
Vamos a ver, de aquí al día 3 quedan 25 días más o menos, no se preocupe de nada.
Ya les avisarán, en caso de no hacerlo, ustedes el día 3 se presentan en su puesto de trabajo y si no les quieren dejar entrar llaman a la policía local para que levante acta de su situación.
No creo que lleguen a esta situación, así que cuando les notifiquen el cambio de empresa, si les dan algún escrito y les piden que firmen algo, les dicen que se llevan el escrito a un sindicato para que les aclaren lo que están firmando, si es un escrito en el que digan que pasen a la empresa "X" respetándose la condiciones anteriores, no hay problema, firman el recibí y punto, si por contra les quieren poner a firmar un nuevo cto o no firman o firman con un no conforme y con la copia a un sindicato para demandar.
En cuanto a quién hay que demandar pues a las 3 empresas, entrante, saliente y la titular donde se presta el servicio, las dos primeras como solidarias y la última como subsidiaria.
smo