Según este parrafo no hace falta que sea AUTONOMO.
Para que sea autonomo tiene.
Que, al menos, la mitad del capital de la sociedad para la que preste sus servicios esté distribuido entre socios, con los que conviva, y a quienes se encuentre unido por vinculo conyugal o de parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado.
Hola,
Se va a constituir una empresa formada por 2 socios. Son cuñados (familiares de 2º grado) y viven en viviendas separadas.
* Persona 1: 80 % del capital social y adminsitrador único.
* Persona 2: 20 % del capital social. Es únicamente socio capitalista. No trabaja para la sociedad. Está cobrando el desempleo.
¿La persona 1 tiene que ser autónoma o le corresponde otro régimen?
¿La persona 2 puede seguir cobrando el desempelo y no darse de alta en autónomos ni en régimen general?