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Obligacion de presentar acreditacion en una comunidad

2 Comentarios
 
Obligacion de presentar acreditacion en una comunidad
25/03/2025 20:50
No se si esto cabe aquí, pero me urge el caso, según los astutos de una comunidad donde soy el administrador dice lo siguiente "todo comunero deberá acreditar propiedad para poder tener el derecho de riego, así como sus horas, puede ser escrituras publicas o cualquier documento fehaciente que lo acredite" estos estatutos están confeccionados por el Gobierno de la Comunidad Autónoma. El caso es que todos han presentado sus credenciales al respecto pero dos de ellos no quieren presentar nada ni han presentado nada, dicha solicitud de estos documento, están también recogidos en acta, desde hace mas de un año a fecha de hoy no he recibido nada, sin embargo estan haciendo uso del agua, agradeciera que alguien me aconsejara gracias un saludo
26/03/2025 10:12
condor
Mi conclusión es que hacen uso del agua sin tener derecho.
Ahora toca actuar a la comunidad.
28/03/2025 10:51
condor
El problema con dos listillos que se creen que las normas son de cartón piedra. Pues no. Los estatutos están para cumplirlos, y si dicen que hay que enseñar papeles para regar, pues se enseñan. Y punto.

Primero, lo básico:

Los estatutos los ha puesto la Comunidad Autónoma, no los hemos inventado nosotros.

Todos los demás han presentado sus documentos. Estos dos, no. Y encima, siguen usando el agua como si nada.

¿Qué hacer? Aquí va la jugada, paso a paso:

Revisa los estatutos.

¿Ponen algo claro sobre lo que pasa si no presentas los papeles?

Si no lo dicen, toca reunir a la comunidad y ponerlo a votación.

Aviso formal, que quede todo atado y bien atado.

Burofax o carta certificada, que no te la juegues con un "es que no me llegó".

Texto claro: "Tiene 20 días para presentar la documentación. Si no, se llevará el asunto a la junta y se aplicarán las medidas que correspondan."

Junta de la comunidad, que todos se enteren.

Convocatoria clara, con el tema en el orden del día.

Se vota, se aprueba lo que haya que aprobar, y al acta, que es sagrada.

Cortar el agua, si hay que cortarla.

Si los estatutos o la junta lo permiten, se hace. Y sin miramientos.

Si no, te pueden meter un pleito, y eso no le gusta a nadie.

Precauciones, que las habemus:

Si esos dos te salen con que llevan 50 años regando sin papeles, les dices que la Confederación Hidrográfica es la que manda aquí.

Si se ponen chulos, abogado. Y punto.

Alternativas, por si las moscas:

Si ves que el tema se puede arreglar sin sangre, acepta cualquier papel que tenga algo de sentido. Un certificado catastral, por ejemplo.

Pero si se siguen haciendo los locos, palante.

Conclusión:
Las normas están para cumplirlas. Tú has hecho lo que tenías que hacer. Si esos dos no quieren entrar por el aro, pues fuera. Pero todo con papeles, avisos y actas. Que luego vienen los problemas.