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obligacion de paso por obra

3 Comentarios
 
Obligacion de paso por obra
25/07/2006 09:54
Soy propietario de un apartamento con una terasa amplia que la communida de vecinos quiere usar para poner un endamio para la rehabiltacion del edificio. Parece que la ley de propiedad horizontal nos obliga a dejar paso y uso de nuestra propidedad.
Mi mujer de 27 años sufre de un cancer de pulmon et no puede estar en contacto con el polvoque generara la obra y tendra que marcharse a vivir en un hotel hasta fin de la obra.
Queremos saber si estamos en derecho de pedir compensacion economica a la communidad de vecinos por tener gastos extra a raiz de esta obra que peligra seriamente a la vida de mi mujer y que entonces esta con obligacion de mudarse.
25/07/2006 14:31
1º) Que la Comunidad se lo solicite por escrito, especificando el plazo maximo de ocupacion de la terraza.
2º) Que la Comunidad justifique, con un informe tecnico, que la colocacion de ese andamio, es la unica solucion tecnica para realizar las obras y no existe otra alternativa.
3º) Compruebe que esa terraza es un elemento comun de uso privativo o una terraza privativa como anexo a la vivienda.
A partir de ahi, usted comunique a la Comunidad, en que condiciones autorizara dicha ocupacion y firme un documento con el Presidente. Ese documento ademas, deberia ser ratificado previamente por la Junta General.
25/07/2006 16:54
Estoy completamente de acuerdo con Lexis, con una serie de puntualizaciones, fijar en el documento una penalización, como incremento a lo que se llegue a pactar, por día de retraso y utilización de la terraza; verificar si efectivamente la única solución es la colocación de un andamio, y no se puede realizar bien descolgándose por la fachada o alquilando una plataforma elevadora que de acceso desde la calle; y por último, que el documento donde dejen contemplas cláusulas y condiciones del uso de la terraza para la obra que quede plasmado en la transcripción del Acta de la Junta de Propietarios donde se someta a votación y es aprobado, pues así se ahorrará tener que elevarlo a escritura pública.

Contestación realizada por gentileza de www.movilgestion.es
25/07/2006 17:40
Ignoro la naturaleza de la obra y su urgencia en hacerla pero, si a una constructora se le exige todo estas condiciones dudo yo que encuentren constructora que haga ese trabajo dado como está la construcción hoy en día. Lo sé por experiencia. Otra cosa es que se indemnice al propietario por parte de la comunidad, y esta persona enferma tenga que residir circunstancialmente en otra residencia (hotel, piso de alquiler etc...) aunque esto ya es cuestión de la economía de esa comunidad.